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¿Y la información y los bienes de los extraditados?

¿Qué se nos dará de los dineros y bienes que entregue ‘Rasguño’? Como están las cosas, nada.

Semana
11 de agosto de 2007

La extradición vuelve a estar de moda. Le dan primeras páginas la de ‘Rasguño’ y la muy segura de ‘Chupeta’. Y quienes sostienen que no se podría extraditar a los paramilitares si se declara que su actividad constituye un delito político. 

Como en esta materia lo que abunda no sobra, insisto en que la extradición no cabe cuando los delitos por los cuales se solicita son considerados como políticos. Pero es perfectamente posible si se pide por otros delitos, con independencia de si el solicitado también es un “delincuente político”. Como el narcotráfico y los crímenes internacionales no son calificables como delitos políticos ni como conexos con éstos, de nada le sirve alegar su carácter de “delincuente político” a quien es solicitado en extradición por esos crímenes.

Pero es la extradición, y no el temita de los delitos políticos, el objeto de esta columna. La figura, que muchos confunden con una sanción judicial o un proceso penal, es un procedimiento administrativo que tiene como objeto la cooperación internacional contra el crimen. En Colombia, las solicitudes de extradición son estudiadas por la Corte Suprema de Justicia, que se limita a verificar que se cumplan los requisitos de ley. La Corte no examina pruebas: el trámite ante ella no es un juicio y nada tiene que ver con una instancia penal. El concepto sobre el cumplimiento de los requisitos no obliga, excepto si es negativo, en cuyo caso no se puede extraditar. Si es positivo, el gobierno tiene la facultad discrecional de conceder la extradición o de negarla. O, como con los paramilitares de Ralito, puede concederla y dejarla en suspenso, sujeta a algunas condiciones, entre ellas el cumplimiento de lo ordenado en la Ley de Justicia y Paz. 

Pero el control que tiene el gobierno sobre la extradición se pierde del todo cuando la persona es extraditada. A partir de ese momento el extraditado queda sujeto a la jurisdicción exclusiva del Estado que lo requirió. Sin embargo, hay algunos intereses nacionales en los extraditados, que ameritan un tratamiento distinto al actual. El primero es la necesidad de que el Estado que recibe al extraditado comparta la información que éste proporciona en la investigación y el juicio que se le adelante o, como ocurre tanta veces, en la negociación que se haga con él. Es inaceptable que esa información, tantas veces fundamental para procesos penales en Colombia o para el establecimiento de la verdad histórica, no llegue nunca a nuestros estrados judiciales. Es el caso, por ejemplo, de lo que tienen para decir sobre corrupción de políticos, militares, policías y periodistas, los Rodríguez Orejuela, o sobre el crimen de Álvaro Gómez Hurtado el referido ‘Rasguño’.

Hay quienes alegan, en parte con razón, que el riesgo de compartir información es su posible filtración. Pero hay entidades colombianas que han dado pruebas de confianza en la lucha contra el delito. Y es posible establecer protocolos de seguridad.
Finalmente, hay información sobre hechos pasados que no afecta en absoluto las investigaciones que se realizan sobre actividades delictivas actuales y que, en consecuencia, no supone ningún riesgo. Como en general esa información no es de interés del Estado solicitante, es indispensable que haya mecanismos para conseguirla, permitiendo a las autoridades colombianas acceso directo a los extraditados o asegurando que se harán las pesquisas que nos interesan. De una u otra manera, lo importante es asegurar que Colombia recibirá la información que necesita.

El segundo interés vital es el de recibir al menos parte de los bienes y dineros que entregan los extraditados. ¿Qué se nos dará de los dineros y bienes que entregue ‘Rasguño’? Como están las cosas, nada. Peor aun, podría ocurrir, como en el caso de los Rodríguez Orejuela, que nos pidan devolverles a sus familias algunos bienes, dizque para su supervivencia. O que nos pongan toda clase de trabas y condiciones para entregarnos lo que nos correspondía, como ocurrió con un dinero incautado al ‘Mexicano’.

El punto es que hoy Colombia colabora extraditando a los solicitados, pero no recibe la retroalimentación que merece. No cabe sino establecer nuevos protocolos de cooperación que aseguren el acceso a la información y el dinero y bienes que nos corresponden.

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