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ECO DE DOS DISCURSOS EN LA CELEBRACIÓN DEL 20 DE JULIO.

Semana
23 de julio de 2011

El presidente Santos en la instalación de las sesiones ordinarias del Congreso, para el periodo 2011 – 2012, presentó un balance de la gestión del Ejecutivo, resaltó las dificultades derivadas de la ola invernal que tuvo que sortear y subrayó el positivo resultado de la intensa iniciativa legislativa desplegada que, junto con el Congreso, permitió la promulgación de la Ley de Víctimas y de Restitución de Tierras, la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial,  la Ley de Regalías – con una distribución equitativa de la riqueza a todas las regiones de la Nación-  y la eliminación del rango constitucional a la Comisión Nacional de Televisión, entre otras. Planteó los retos legislativos para el nuevo periodo centrados en la presentación de proyectos tales como el Código de Convivencia Ciudadana – como herramienta de combate contra el delito común- y la Ley de Desarrollo Rural – con la que se frenaría la expansión de la frontera agrícola, amén de otros.  

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A mi juicio lo más destacado del discurso, a parte del anuncio del ingreso del Partido Verde  a la mesa de Unidad Nacional,   fue la manifestación de los propósitos y principios del gobierno para el siguiente año legislativo. El tema de seguridad seguirá siendo prioritario como condición necesaria para la existencia de la prosperidad (en este punto fue claro en decir que el gobierno no es insensible a los reclamos que la sociedad hace ante los hechos violentos que se han presentado, afirmando que la estrategia se está revisando). La firme intención para reducir los indicadores de pobreza, el énfasis en la creación de empleo y el establecimiento de una política de integración territorial,  como herramientas de inclusión social y de paz, serán fines estratégicos a desarrollar.

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Los principios. Resaltó el compromiso del gobierno en el combate contra la corrupción  y la convicción en la esencial armonía entre los poderes públicos, como condición necesaria para profundizar la democracia en nuestro país. Es en este último principio sobre el que fundamentaría el propósito de realizar una profunda y anhelada reforma a la justicia, anunciando un consenso con la rama judicial, en casi todos los temas, salvo en la tutela contra las sentencias judiciales, el papel del Consejo Superior de la Judicatura y la participación de las altas cortes en la elección de algunos funcionarios del Estado, quedando, por lo tanto, en el escenario del Congreso el logro armónico de la reforma.

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Contrastó el discurso de Santos con el que pronunció, horas después, el nuevo presidente del congreso colombiano para la legislatura,  Dr. Juan Manuel Corzo. En la alocución evidenció un sesgo revanchista hacia la rama judicial, quizás influido por no ver materializada la reelección de Uribe por sentencia de la Corte Constitucional y por la investigación que, por presunto  paramilitarismo, lleva en su contra la Sala Penal de la Corte.  En síntesis defendió la importancia de la representación política que hacen los legisladores del Pueblo, planteando, implícitamente, que el Constituyente Primario y el Legislativo son la misma “persona” política y jurídica; es decir, cualquier ley que salga del Congreso no debe ser revisada a la luz de la Constitución más allá que a la verificación del cumplimiento de los pasos formales para su gestación, sin pronunciamientos de fondo por parte de la Corte Constitucional. Con esta premisa plantea un choque de trenes, “conceptual, funcional y de competencias” (sic), entre el Legislativo y el Judicial.  Ilustró su tesis con el pronunciamiento que impidió la reelección de Uribe, manifestando que, con base en el Artículo 379 de la Constitución, la Corte no debió hacer revisión de los aspectos sustantivos de la ley que convocaba al referendo, cercenando de esta manera una iniciativa legislativa en representación del Pueblo.

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El senador no citó el Artículo 241 que le confía a la Corte Constitucional la guarda de la “integridad y supremacía” de la Constitución; artículo que, frente a lo planteado, faculta a la Corte para “decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre las leyes y de las consultas populares y plebiscitos del orden nacional. Estos últimos solo por vicios de procedimiento en su convocatoria y realización”.  Aquí se infiere que si se quiere velar por la integridad y la supremacía de la Constitución la Corte tiene que hacer pronunciamientos sustantivos sobre la leyes que analiza y, frente al examen de leyes que convocan a la participación popular, es obvio que el texto de la Constitución que le fija a la Corte únicamente la revisión del procedimiento se refiere solo a la convocatoria y realización de plebiscitos.

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El Artículo 12 de la Constitución dice que “nadie será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes”, pero si en el Congreso se tramitare una ley que convocare a un referendo para modificarlo por el siguiente texto: “El Estado, atendiendo a sus razones, puede desaparecer ciudadanos, someter a torturas a los sospechosos de cometer delitos e implantar la pena de muerte”, quizás el senador lo considerase conforme con el principio constitucional del respeto de la dignidad humana, y,  entonces, si llegare a ser aprobado en el Legislativo, la Corte debería omitir su control de integridad y de supremacía constitucional, para no entrar en colisión con el Legislativo, y revisar únicamente si se votó adecuadamente. ¡Vaya! senador que se hizo elegir como Presidente del Senado.  

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Preocupa que el trámite de la reforma judicial en el Senado la dirija su presidente, cuya representación legítima es objeto de cuestión y que desde el cargo al parecer litiga en causa propia. El Presidente de la República y sus ministros del Interior y de Justicia tendrán que “sudar la gota gorda” para hacer prevalecer el principio de la armonía entre los tres poderes para sacar adelante la reforma, sin rupturas institucionales, y con la tranquilidad que debe irradiar ante la opinión pública nacional e internacional.

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Bogotá D.C., Colombia. Julio de 2011.

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