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El PGN 2020 se encuentra en estudio por parte de los ponentes y la cartera de Hacienda | Foto: fotografía_ iStock

PRESUPUESTO

Estos son los cinco nuevos artículos que trae el Presupuesto 2020

El proyecto del Presupuesto General de la Nación (PGN) 2020 contiene cinco artículos nuevos, que buscan, entre otras cosas, contribuir con el saneamiento financiero del Sistema General de Seguridad Social y que la nación establezca mecanismos de financiación de los subsidios. También hay medidas en materia de combustibles.

4 de septiembre de 2019

Cinco artículos nuevos (88 al 92) fueron incluidos en el proyecto del Presupuesto General de la Nación (PGN) 2020. Así se dio a conocer en la reunión de coordinadores ponentes y ponentes que se llevó a cabo este martes en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Estructurar operaciones del Fondos de Estabilización del Ingreso Fiscal y de los Precios de los Combustibles

El artículo 88 pretende que las operaciones de cobertura del Fondo de Estabilización del Ingreso Fiscal -previsto en los artículos 111 de la Ley 1943 de 2018- y el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles -estipulado en el artículo 33 de la Ley 1955 de 2019- se puedan estructurar, contratar y ejecutar de manera conjunta. 

Esto con el fin de mitigar los riesgos fiscales derivados de las fluctuaciones de los precios del petróleo, los combustibles líquidos y la tasa de cambio del peso colombiano por el dólar estadounidense. 

La medida busca que cuando los recursos disponibles para estos dos fondos sean insuficientes, los costos generados por la ejecución de estas operaciones se puedan asumir con cargo al servicio de la deuda pública del PGN.

Según lo explica el proyecto, esta medida permitirá calcular la exposición neta de los ingresos y gastos de la nación a las fluctuaciones del precio de petróleo y de los combustibles líquidos para cubrir de manera eficiente los riesgos fiscales.

Movilización de activos

El artículo 89 plantea que el Patrimonio Autónomo de del Instituto de Seguros Sociales Liquidado (Par Iss), transfiera a Cisa, los inmuebles a su cargo que, una vez agotado su proceso de comercialización, no hayan sido enajenados. Esto, con el objetivo de que Cisa los transfiera a título gratuito a otras entidades públicas y cerrar el proceso de liquidación de los remates. 

Saneamiento financiero del Sistema General de Seguridad Social

Con el objetivo de contribuir con el saneamiento financiero del Sistema General de Seguridad Social, el artículo 90 busca que la nación cruce las deudas que estén reconocidas durante el proceso liquidatorio del Instituto de Seguros Sociales a favor del Fosyga, la cual es administradora de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), Colpensiones y Ferrocarriles Nacionales  de Colombia. Estos, certificarán dichas deudas que no podrán ser superiores a $455.000.000.000.

Esta propuesta se da, según el proyecto, en razón a lo dispuesto por el Decreto 541 de 2016, cuyo pago de las sentencias derivadas de obligaciones contractuales y extracontractuales se encuentran a cargo del Ministerio de Salud. El monto nombrado tendrá que ser asumido por la nación al incorporarse en el presupuesto de esa entidad. Por lo tanto, este artículo busca reducir los trámites administrativos innecesarios y permitir el cruce de deudas recíprocas.

Descongestión y bienestar de la administración de justicia

Para cumplir de manera eficiente con la modernización y bienestar de la administración de justicia, tal como fue definido por la Ley 1743 de 2014 y sus normas reglamentarias, el artículo 9 propone que el Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia sea administrado por el Consejo Superior de la Judicatura, con lo cual, se permitirá el recaudo directamente por este ente. 

Subsidios para el servicio público domiciliario de energía eléctrica

Para garantizar la prestación del servicio público de energía eléctrica en el país y en línea con las bases del Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018-2022, el artículo 92 pretende que la nación pague subsidios para la prestación del mismo, a través de recursos de crédito, incluyendo la emisión de bonos y otros títulos de deuda pública, en condiciones de mercado.

Cabe recordar que el PGN 2020 se encuentra en estudio por parte de los ponentes y la cartera de Hacienda, cuya reunión de esta semana concluyó ayer en sus instalaciones. 

La siguiente reunión de ponentes se realizará el próximo 9 de septiembre en el Ministerio de Hacienda a las 9 de la mañana y la reunión de las comisiones económicas conjuntas se dará a las 11:30 de la mañana.