SEGURIDAD SOCIAL

Cambio de régimen pensional: el Plan de Desarrollo modifica las reglas

Si usted es mujer y tiene más de 47 años u hombre y tiene más de 52 años y le han dicho que ya no se puede cambiar de régimen pensional, tal vez el Plan de Desarrollo que actualmente se discute en el Congreso le va a facilitar la vida.

16 de abril de 2019
| Foto: Getty Images

El tema es sensible, porque son muchas las personas que hoy están en esos rangos de edad y que argumentan que no pudieron tomar una decisión informada acerca de cuál régimen pensional escoger.

La norma establece actualmente que cualquier colombiano afiliado al régimen pensional tiene como último plazo para tomar la decisión final de quedarse en el régimen público o pasarse al régimen privado 10 años antes de la edad de jubilación.

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Pero esa norma quedaría temporalmente suspendida si se aprueba una propuesta del Plan Nacional de Desarrollo que está listo para su debate final en las plenarias de Senado y Cámara. Esta norma señala lo siguiente:

“Artículo 303. Los afiliados al sistema de pensiones que no hubieran contado con la doble asesoría por parte de Colpensiones o por parte de las Administradoras de los Fondos de Pensiones AFP, para tomar la decisión sobre su traslado en los términos de la Ley 797 de 2003; quienes, siendo mayor de 50 años, si es mujer o mayor de 52 años si es hombre y que habiendo cotizado 750 semanas o más, se permite el traslado a Colpensiones o a la AFP antes de los próximos 4 meses a partir de la expedición de la presente Ley”.

Esto significa que quienes ya no tengan la posibilidad de pedir el traslado, porque están a menos de 10 años de cumplir la edad de jubilación, podrían tomar la decisión dentro de los 4 meses posteriores a la sanción del Plan de Desarrollo.

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El tema resulta polémico, porque en las actuales circunstancias, lo más rentable para muchos que no pudieron tomar la decisión serían pasarse al régimen público donde las pensiones son altamente subsidiadas, especialmente para los segmentos de ingresos altos de la población. Esto significaría que aumentarían las presiones fiscales por cuenta de esta norma.

El primero en advertir la situación fue el economista Jorge Restrepo, que en su cuenta de Twiter, publicó el siguiente enunciado:

“Este artículo incluido en el Plan Nacional de Desarrollo puede generar un impacto económico negativo sobre el ahorro del país, generar pérdidas inmensas al portafolio de los ahorradores en Colombia y abrir un hoyo fiscal enorme que desequilibraría las finanzas de la Nación”.

Además, Restrepo destacó que la norma podría impactar el Fondo de Solidaridad de Pensión Mínima, del régimen de ahorro individual con Solidaridad (RAIS, administrado por AFPs) “pues llevaría a miles de personas a trasladarse a las AFPs pues allá la obtendrían con mayor probabilidad”.

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El experto pidió que se debatiera con más información la propuesta, pues la propuesta resulta “injusta en materia pensional: extendería enormes y cuantiosos subsidios a personas de mayores ingresos en el país, perjudicando a los más pobres y quienes no tienen protección en la vejez”.

Según Juan Miguel Villa, Presidente de Colpensiones, actualmente la entidad está vinculada a 15.000 procesos judiciales en los que las personas están demandando la anulación a la primera afiliación a la AFP.  Sin embargo, "esto podría abrir una ventana para los que quisieran hacerlo sin tener que acudir a procesos judiciales", afirma.

El tema deberá ser debatido a partir de la próxima semana, cuando el Plan sea abordado en las plenarias. Sin lugar a dudas, este será uno de los temas que concentrará la atención de la opinión pública.