Una iniciativa para que las entidades financieras y demás instancias comerciales dejen de llamar a sus clientes en horarios no laborables está a un debate de convertirse en ley de la República.
Se trata del proyecto ‘Dejen de Fregar’, bautizado así por su autor, el representante a la Cámara por el Partido Conservador y actual presidente de la Comisión Primera de la Cámara, Juan Carlos Wills.
La idea de la iniciativa, según explicó el congresista Wills hace unas semanas, tras su aprobación en tercer debate por la Comisión Primera del Senado, es que las llamadas de cobranza únicamente puedan hacerse de lunes a viernes, de ocho de la mañana a seis de la tarde.
El texto estipula también que las referencias puestas por el usuario, el codeudor y deudor podrán ser contactados hasta después de 30 días de entrar en mora, y no al día siguiente, como sucede actualmente y también en los horarios mencionados.
La referencia del congresista tiene que ver con la protección del derecho a la intimidad, el cual está amparado por la Carta Política y que, en algunas ocasiones, es vulnerado por varias entidades financieras de cobro y comerciales que están llamando constantemente a los usuarios, sin permitir el ejercicio de este derecho fundamental.
Sobre esto, Wills agregó que este es un derecho “que tienen todos los colombianos y que hoy no se sienten protegidos, y está vulnerado por estos entes financieros que llaman en horarios no hábiles, molestando así el ámbito íntimo de cada colombiano”.
De acuerdo con los autores y ponentes de la iniciativa, aunque la vida moderna implica la interacción con otras personas y con entidades que brindan servicios, esto “no implica que no se necesiten esos espacios de intimidad, libres de toda injerencia”.
Por ello, el propósito del proyecto es crear un mecanismo que otorgue una mínima consideración particular y pública a su interioridad, “restringiendo las llamadas, mensajes de datos y de textos, correos electrónicos y mecanismos similares de recordatorios, cobranzas, que perturban el derecho a la intimidad durante la noche, los fines de semana y festivos, por parte del sector financiero”.
También se habla de varias consideraciones que ha hecho la Corte Constitucional sobre el derecho a la intimidad, como, por ejemplo, cuando manifestó que es “un derecho fundamental que permite a las personas manejar su propia existencia como a bien lo tengan con el mínimo de injerencias exteriores”.
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“El derecho a la intimidad, junto con otros derechos como el del libre desarrollo de la personalidad y la libertad de conciencia, están concebidos para permitir a las personas fortalecer y desarrollar su condición de seres libres y autónomos, que es el presupuesto esencial del estado democrático”, dice el alto tribunal al respecto.
Y agrega que, entre otras cosas, “la posibilidad de aislarse con frecuencia u ocasionalmente del mundo es de lo que depende, el que pueda convertirse en un sujeto de derechos y obligaciones, el que pueda ejercer las responsabilidades democráticas y participar en los procesos que forjan un estado social de derecho como lo es el colombiano. Solo reconociendo la autonomía e individualidad de las personas, puede hablarse del “respeto a la dignidad humana” que sirve de fundamento al Estado colombiano”.