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Como sorpresiva es vista la reciente iniciativa radicada en el Senado por la senadora Piedad Córdoba, que pretende conceder a la población reclusa del país una rebaja de la quinta parte de sus respectivas penas. | Foto: Semana

CONGRESO

Rebaja de penas por el Bicentenario: ¿sí o no?

Un polémico proyecto de ley de la senadora Piedad Córdoba pretende rebajar la quinta parte de las penas como un acto de celebración de los 200 años de Independencia. La iniciativa no establece condiciones, pero hace énfasis en los presos por delitos políticos.

23 de agosto de 2010

En Colombia han sido frecuentes las iniciativas legislativas que pretenden elevar las sanciones penales con el propósito de castigar determinados delitos. Incluso, en recientes legislaturas, se han propuesto sanciones de hasta cadena perpetua para delitos sexuales contra menores de edad.

Esa ha sido una costumbre propia de algunos legisladores colombianos, que han recurrido a plantear reformas al código penal con el propósito de incrementar o establecer penas más drásticas como mecanismo de persuasión para la no comisión de delitos.

Pero pocas han sido las iniciativas legislativas que busquen rebajas de penas, a no ser de aquellas iniciativas excepcionales que como el principio de oportunidad o la ley de Justicia y Paz, pretenden establecer beneficios para quienes colaboren con la justicia en la lucha contra el narcotráfico o permitan la desmovilización de grupos armados ilegales.

Por eso no deja de ser sorpresiva la reciente iniciativa radicada en el Senado por la senadora Piedad Córdoba que pretende conceder a la población reclusa del país (que según el Ministerio del Interior es de aproximadamente 78 mil personas) una rebaja de la quinta parte de sus respectivas penas.

El proyecto 03 de 2010 pretende ese beneficio con motivo de la celebración del Bicentenario de la Independencia de la República.

Según la iniciativa de la senadora liberal, del proyecto se beneficiarían aquellos que estén vinculados a procesos penales a la fecha de entrada en vigencia de la ley y no hayan recibido sentencia, pero excluye a quienes cometan delitos después de promulgada.

Esta rebaja de penas, por motivo de la celebración del Bicentenario, se otorgará sin perjuicio de otros beneficios previstos en la legislación colombiana, y no exime al beneficiario de la obligación de cumplir la totalidad de las penas accesorias impuestas ni de indemnizar los perjuicios ocasionados por la comisión de sus delitos.

Aunque el proyecto no establece mayores condiciones para beneficiarse de la rebaja de la quinta parte de las penas, ni discrimina ningún tipo de recluso, sí deja en manos de los jueces la aplicación del beneficio.

En ese caso, serán los jueces de conocimiento o de ejecución de penas quienes deberán determinar qué personas pueden beneficiarse de esta rebaja, siempre y cuando su libertad no signifique una amenaza para la sociedad.

Una iniciativa similar había sido impulsada en la pasada legislatura por los representantes Hernando Chagres Sarmiento y Eduardo León Lozano, pero no superó siquiera el primer debate.

Según Piedad Córdoba, este proyecto pretende aliviar en parte la situación de quienes están privados de la libertad y, por ende, imposibilitados de ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones familiares, sociales y comunitarias.

“La rebaja de la pena prevista en esta ley constituye una oportunidad para que sus beneficiarios se reintegren a la sociedad en un plazo más corto del inicialmente previsto por la justicia penal, haciendo realidad una de las principales finalidades de la pena, cual es la de posibilitar su resocialización”, señaló Piedad Córdoba, quien agregó que esta rebaja de penas podría significar “una señal de reconciliación y de paz que el Congreso envía a quienes hoy están privados de la libertad”.

Beneficios a presos políticos

En la explicación de su proyecto la congresista hace énfasis en las personas que se encuentran recluidas en centros penitenciarios por la comisión de delitos políticos.

Para Piedad Córdoba los presos políticos, a través de este beneficio, “podrán aportar a la reconciliación nacional en la búsqueda de la paz y la humanización de nuestra sociedad y sus diversos conflictos”.

El código penal colombiano establece como delitos políticos las conductas de rebelión, sedición y asonada. La iniciativa es polémica porque esos han sido los principales cargos que se les ha impuesto a miembros de grupos armados ilegales.

La rebelión prevé una pena de prisión de entre seis a nueve años para aquellos que “mediante el empleo de las armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional, o suprimir o modificar el régimen constitucional o legal vigente”.

La sedición por su parte, tal y como lo prevé el artículo 468 del Código Penal, establece que se impondrá pena de prisión de entre dos a ocho años a quienes “mediante el empleo de las armas pretendan impedir transitoriamente el libre funcionamiento del régimen constitucional o legal vigentes”.

Este proyecto será discutido en el Congreso, donde los partidos políticos deberán fijar sus posturas.