¿TODOS A LA CARCEL?

Después del gran susto de la semana pasada, la Corte Constitucional aclaro cuándo y cómo la infidelidad es penalizada por la ley.

12 de diciembre de 1994

A COMIENZOS de la semana pasada los infieles de Colombia creyeron que iban a terminar tras las rejas. Una noticia, en la cual se afirmaba que habría cárcel por infidelidad conyugal, dejó a más de uno preocupado y nervioso. Sin embargo, al finalizar la semana, volvieron a respirar tranquilos cuando el magistrado de la Corte Constitucional, Vladimiro Naranjo Mesa, ponente de la revisión de la tutela que originó la noticia, aclaró el sentido del fallo. "Si se penalizara la infidelidad conyugal en Colombia las cárceles no darían abasto", dijo al señalar que esa instancia no está en capacidad de legislar y que, de todas maneras, enviar a la cárcel a un infiel sería retroceder en la historia.

El fallo de la tutela, que fue instaurada por una niña de nueve años y le fue concedida en forma transitoria, buscaba protegerla del maltrato físico y moral de su madre. Pero, como se aclaró después, la causa por la cual se quitó la custodia de la niña a la madre no fue la infidelidad en sí, sino toda una serie de actitudes y hechos que convertían el ambiente familiar en un lugar muy poco propicio para el desarrollo normal de la menor. "La madre y su amante permitían que sus hijos estuvieran presentes durante las relaciones sexuales", explicó Naranjo Mesa. En ese caso particular se configuró un delito de corrupción de menores, establecido en el Código Penal, que dice que "quien realice actos sexuales diversos del acceso carnal con persona menor de 14 años o en su presencia, o lo induzca a prácticas sexuales, estará sujeto a la pena de uno a cuatro años de prisión". La Corte decidió conceder la tutela para hacer prevalecer los derechos de la menor, y ordenó despojar del derecho de patria potestad a la madre, confiando el cuidado de la niña y su hermanita a un defensor de familia para que encuentre las personas que puedan brindarles las condiciones físicas y morales que garanticen sus derechos.


LA PENA ES EL DIVORCIO

Para alivio de muchos colombianos el magistrado aclaró que, aunque la infidelidad sí es un factor de mal ejemplo, no se castiga con cárcel. Según la ley, la infidelidad sólo es causal de una pena carcelaria cuando se configura bigamia, es decir, cuando una persona contrae matrimonio con otra estando ya casada.
Sostener relaciones sexuales extramatrimoniales es una causal de divorcio y, de hecho, de llegar a demostrarse, la máxima sanción que recibe el esposo infiel es el divorcio mismo. Sin embargo esta causal es cada vez menos citada en las demanas de divorcio "debido a la dificultad para demostrar las relaciones sexuales extramatrimoniales -explicó la abogada Claudia Núñez-. No sólo se tiene que probar el acto en sí sino también algunas actitudes sexuales hacia la otra persona".

Pero si la infidelidad no tiene sanción penal ni judicial, sí la tiene en el campo moral. Y el precio no es otro que la amenaza de quitarle al infiel los hijos o su custodia. Precisamente la información de la semana anterior puso a temblar a muchos padres infieles. "La noticia sirvió para alimentar ese mito popular, sobre todo entre las mujeres, de que la infidelidad descalifica al padre para tener la custodia de los hijos", afirmó el abogado Alvaro Pinilla, especialista en derecho de familia.

Los colombianos, en especial los hombres, con frecuencia creen que sostener una relación con alguien durante el proceso de divorcio, la separación de hecho y aun después de la sentencia puede llevar a una persona a perder la custodia de los menores. "Ese mito es otra manera de manipular al cónyuge -dijo el abogado-. Por eso es muy frecuente que las mujeres consulten acerca de si un noviazgo en cualquiera de las etapas de la separación puede perjudicarlas y conducir a la pérdida de la custodia".

Pero lo cierto es que en reiteradas sentencias de divorcio y separación se ha establecido que una cosa es ser infiel y otra muy diferente ser padre. "La infidelidad no constituye en todos los casos un motivo para separar a la madre (o al padre) de sus hijos, puesto que no indica necesariamente que los menores hayan de quedar en mejores condiciones si siguen con el otro padre", dijo en una reciente oportunidad la Corte Suprema de Justicia al revisar una sentencia de divorcio.

Lo que sí es claro es que, cuando la infidelidad es un escándalo público y los menores se ven afectados moralmente por esa actitud de alguno de los padres, no sólo es probable que se le quite la custodia de los pequeños sino también la patria potestad, como sucedió con la renombrada tutela. "Una madre que ha sido infiel puede mantener la custodia de los niños, pero se le puede suspender cuando hay falta de amor, de cuidado y malos tratos, o cuando esa infidelidad interfiere con la integridad física y moral de los niños", señaló el magistrado Naranjo Mesa.

La verdad es que lo que la Corte intenta advertir a los padres con esta tutela es que la moral "antes que predicarla hay que vivirla" y más que en la instrucción a los hijos es a través de su ejemplo que se transmiten los valores. Claro que, para muchos, lo que quedó claro es que si se es infiel, por lo menos hay que ser discretos.