¿Y USTED YA TESTO?

A la mayoría de los colombianos parece no importarles lo que suceda con sus bienes después de muertos.

8 de enero de 1996

EL UNICO TESTAMENTO QUE PARECE gustarles a los colombianos es el vallenato de Escalona. De resto, la escena del abogado que, ante la impaciente curiosidad de los familiares, lee la carta donde el difunto especifica a quién le deja cada uno de sus bienes pertenece más a la imaginación de los libretistas, que echan mano de este recurso para ponerle suspenso a la trama de sus telenovelas, que a la vida real. Según varios abogados consultados por SEMANA, en Colombia esta figura jurídica no es tan frecuente como debiera. Y por lo general las sucesiones de los colombianos transcurren sin mayor suspenso.
De hecho, si alguien no deja testamento al momento de morir no pasa nada raro. Todo se resuelve de acuerdo con lo que establece el Código Civil. Esto es, a grandes rasgos, que la herencia del fallecido se reparte entre los hijos. A falta de estos, la prioridad la tienen los padres, y si estos ya no existen, la herencia le corresponde a los hermanos o en su defecto a los sobrinos. En caso de no existir ninguno de estos familiares, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar será el beneficiario de los bienes.
Pero el testamento es una posibilidad que ofrece la ley para que alguien disponga de sus bienes en forma diferente a lo que establecen las normas legales. Y en Colombia parece ser más la excepción que la regla. Quienes lo hacen son por lo general personas mayores que sienten la muerte cercana y desean hacer una distribución de sus bienes en forma diferente a lo que estipula la ley. Cuando lo hacen personas jóvenes, es común que sean aquellos que tienen altos intereses económicos y que quieren mejorar las condiciones económicas de alguno de sus hijos.
Pero en general el recurso del testamento es poco utilizado. En parte esto obedece a que la mayoría de los colombianos desconocen la reglamentación que existe sobre la materia. Este tema hace parte de los capítulos del libro El abogado de familia, que acaba de editar Planeta, como una guía práctica sobre todos los temas relacionados con el derecho de familia. Aunque la idea general es que en el testamento una persona puede dejar todos sus bienes a quien desee, la verdad es que este documento tiene sus limitaciones. Si existen algunos de los cuatro tipos de familiares antes mencionados -hijos, padres, hermanos o sobrinos- el testador no tiene muchas opciones. A pesar de que se redacte un testamento, la ley exige que en caso de existir legitimarios o herederos forzosos, la mitad de la herencia se divida entre ellos.
Según la ley, quien hace un testamento puede disponer de un 25 por ciento de la herencia pero únicamente para mejorar a cualquiera de los herederos forzosos mediante el cuarto de mejoras. Sin embargo le da la posibilidad de que el 25 por ciento restante de sus bienes lo deje a nombre de quien quiera, sea familiar suyo o no. "El régimen es muy limitado, entonces muchas personas creen que no es importante recurrir al testamento", afirmó el abogado Alvaro Pinilla, asesor jurídico del manual. A pesar de ser un recurso restringido, muchas personas ignoran las posibilidades y ventajas que puede ofrecer el testamento en determinadas situaciones para dejar claros los asuntos de dinero y evitar problemas entre sus sucesores. Además, es aconsejable cuando el interesado quiere mejorar la situación económica de alguien en particular. Dentro de los casos más comunes se encuentra el de una persona que tenga varios hijos pero desea solucionar la situación de alguno de ellos, ya sea porque lo quiere más o porque está físicamente impedido y posiblemente va a necesitar más dinero que los demás para sobrevivir.
Otra de las situaciones en la que los abogados recomiendan hacer testamento es cuando alguien no tiene herederos forzosos. Si esa persona no lo hace, es muy probable que sus bienes queden en manos del ICBF. Con el testamento, la ley le brinda la oportunidad de que deje todo o parte de la herencia a amigos, servidores o familiares lejanos. También se presentan casos en los que las personas redactan un testamento para distribuir objetos de valor sentimental y familiar, como joyas, vajillas, porcelanas y enseres del hogar, con el ánimo de evitar peleas posteriores entre los herederos. También se utiliza eventualmente para manipular la administración de los bienes de los hijos. Esto es común en el caso de parejas separadas pero que tienen hijos en común. "En casos de disputa entre la pareja, mediante el testamento se puede garantizar que habrá una tercera persona que administrará el patrimonio", asegura el abogado.
Aunque es un documento solemne, que se redacta ante notario y con la presencia de testigos, el testamento se puede cambiar cuantas veces quiera el interesado. "No es muy usual que lo modifiquen pero existen casos de personas que cada año, dependiendo de sus relaciones con los hijos, deciden cambiar a los beneficiarios", dice el abogado Pinilla Pineda. En los únicos casos en que hacer un testamento no es aconsejable es cuando la persona no desea favorecer a alguno de los legitimarios ni a otra persona en particular. En dicha situación, la sucesión se llevará a cabo de acuerdo con lo que estipula la ley civil. Lo que sí es preciso tener en cuenta es que para evitar que el documento esté viciado de nulidad, es conveniente asesorarse de un abogado especializado para que los deseos del interesado tengan plena validez jurídica y no se queden en un papel.