Los tratamientos médicos con nueva tecnología están fuera del POS. Por eso, hay que actualizarlo. | Foto: Paola Castaño

Lentamente se cumple sentencia de la Corte Constitucional sobre salud

Para cumplir con los revolucionarios cambios en el Plan Obligatorio de Salud, deben ponerse de acuerdo médicos, usuarios del POS, gobierno y Empresas Promotoras de Salud (EPS). Todo un reto.

11 de marzo de 2009

Corre la cuenta regresiva para cambiar el Plan Obligatorio de Salud (POS). El primero de agosto es la fecha límite que dio al Corte Constitucional en su sentencia T-760 para que se actualicen los beneficios incluidos en el POS.

En aquella sentencia, la Corte analizó 20 tutelas en las que usuarios de las Empresas Promotoras de Salud (EPS) reclamaban derechos incluidos en el POS y sobre los cuales ya había fallos anteriores reconociéndoles los mismos beneficios a otros usuarios.

Para la Corte, el hecho de tener que estar reiterando fallos “refleja un problema estructural del sistema de seguridad social en salud generado por fallas en la regulación”.


Por eso ordenó que el Consejo Nacional de Seguridad Social de Salud actualizara el POS. Y el reto es grande. Lo más inmediato es aclarar qué cubre el actual POS, que fue diseñado en 1994, y después de tanto tiempo tiene una zona gris porque la ciencia ha avanzado y han surgido nuevos procedimientos.

Ha sido difícil saber cuáles de esos descubrimientos nuevos están incluidos en el POS y cuáles no. Esa decisión ha tenido que tomarla frecuentemente la Corte Constitucional en fallos de tutela. Por eso, hay que hacer la actualización.

El Consejo Nacional de Seguridad Social de Salud tiene detectados los dispositivos, aparatos y procedimientos que más necesitan los pacientes y que están en esa llamada zona gris, pero apenas se están haciendo análisis económicos para encontrar la manera de que los cobije el POS.

Por ahora, el Consejo ha discutido cómo el POS puede pasar de ofrecer atención con base en un listado de medicamentos o procedimientos y a cubrir según enfermedades, con todos las medicinas, exámenes y procedimientos que estas exigan, según lo ordenó la Corte. Pero el drástico cambio no se hará de la noche a la mañana. Por eso, la Corte ordenó un proceso que contempla tres pasos y que, además, ha sido el recomendado por expertos internacionales.

Lo primero es tener en cuenta estudios que se han hecho en el país, entre los que encuentra la Encuesta Nacional de Salud. Así se podrá conocer qué enfermedades son las más frecuentes para darles prioridad en la lista del POS.

Para la definición de las enfermedades que deben ser tenidas en cuenta y las que deben estar excluidas hay que hacerla también con base en la consulta con usuarios, que es el segundo aspecto recomendado por la Corte y los expertos.

Sobre cómo participar se han hecho todo tipo de propuestas. El presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi- organización que representa a las EPS-), Juan Carlos Díaz-Granados, sugiere que se hagan grupos focales. Según dice, en ellos “hay que incluir personas de diferentes grupos de edad, ingresos y regiones, que sean imparciales y que no sufran una patología porque la consulta tendría un sesgo”.

Pero Juan Carlos Giraldo, de la Asociación de Hospitales y Clínicas (Achc), dice que por lo revolucionario del cambio, habría que someterlo a una gran consulta, como un referendo.

Cualquiera que sea la manera de definir las enfermedades incluidas en el POS, debe tener en cuenta el tercer aspecto mencionado por la Corte en su sentencia, que es el económico. O sea que hay que tener muy claro cuánto dinero hay para atender las enfermedades que más afectan a los colombianos y con base en esa capacidad económica, hacer un corte para definir cuáles se quedan sin el cobijo del POS.

Ese análisis económico debe ser muy minucioso porque, además de empezar a trabajar con base en enfermedades y no en medicamentos, los beneficios deben ser exactamente los mismos para quienes están cobijados por el régimen contributivo (conformado por quienes pagan mensualmente sus aportes de salud) y el subsidiado (cuya salud corre por cuenta del Estado), según ordenó la enorme sentencia. 

En resumen, lo que decidió el tribunal es que médicos, usuarios del POS, gobierno y EPS se pongan de acuerdo en el nuevo plan. Como se trata de algo que podría tardar demasiado o no ocurrir, la Corte dio estrictos plazos. “Los nuevos planes de beneficios de acuerdo a lo señalado, deberán adoptarse antes de febrero 1 de 2009, sin que en ningún caso supere el 1 de agosto de 2009”.

El primer plazo ya se venció y todavía no se ha hecho la actualización, ni se ha definido un cronograma. Lo que sí ha sido evidente son algunas discrepancias dentro del Consejo Nacional de Salud.

Después de la reunión que sostuvieron sus integrantes el pasado 27 de enero, parecía que ya se había definido un método para poner en marcha la remodelación del POS. Por lo menos, eso le dijo el gobierno a la Corte Constitucional.

Pero luego salieron a decir otros miembros del Consejo que en realidad no hubo acuerdo. Mientras tanto, pasan los días.