campos electromagnéticos

En la onda de la prevención

El Ministerio de Comunicaciones tomó una medida civilizada: proteger a los ciudadanos.

Álvaro Montes
14 de febrero de 2005

El tema de si la telefonía móvil afecta la salud humana o no es territorio oscuro. No hay estudios suficientemente fiables que demuestren el daño en humanos. Se sabe que cualquier emisión de radiofrecuencia causa impacto en las células de cualquier ser vivo, pero en el caso de la telefonía móvil se cree que la magnitud de estas emisiones de los teléfonos celulares es tan pequeña -0,6 watios como máximo- que no ofrece peligro alguno. Otra cosa es la emisión de radiofrecuencia de las estaciones base y de las antenas de transmisión que los operadores telefónicos instalan en las ciudades para prestar sus servicios. Quienes viven cerca podrían estar expuestos a efectos nocivos que todavía son materia de estudio. De hecho, algunas veces la gente o las organizaciones ambientalistas se oponen a la instalación de tales equipos en sus barrios, salvo la administración del edificio seleccionado, que recibe un ingreso por el arrendamiento del espacio en sus terrazas.

Es cierto que no existen evidencias que permitan asegurar que las telecomunicaciones inalámbricas causan daño a la salud humana, pero tampoco hay evidencias de lo contrario. Un estudio juicioso de envergadura internacional que dará respuestas concluyentes está apenas en proceso de ejecución por un equipo de científicos, y las autoridades internacionales en materia de telecomunicaciones, así como los fabricantes de equipos y teléfonos celulares, han prometido que se acogerán a las conclusiones del estudio, cuando éstas sean publicadas en 2006.

Entre tanto cualquier autoridad seria toma medidas preventivas, y el Ministerio de Comunicaciones de Colombia acaba de hacerlo con la reglamentación de la emisión de ondas electromagnéticas. El decreto 195 de enero 31 de 2005 otorga un plazo de dos años a los operadores de telecomunicaciones (Comcel, Bellsouth, Colombia Móvil, entre otros) para que ajusten sus estaciones base y sus antenas de transmisión de señal a la normativa internacional adoptada por Colombia. Un año atrás el gobierno encargó a la Universidad Javeriana un informe recopilatorio de los principales conceptos, reglamentaciones y recomendaciones sobre radiación electromagnética y reunió a expertos en la materia para tomar una decisión bien informada. Y la tomó, pues acogió la normatividad europea, que es más estricta que la norteamericana en cuanto a protección de la ciudadanía de los posibles efectos de los campos electromagnéticos que emiten los equipos de telecomunicaciones, especialmente los de telefonía celular, que son los más extendidos. Se acogieron los niveles de protección establecidos por la Comisión Internacional para la Protección de la Radiación Ionizante -Icnirp-, organismo asesor de la Organización Mundial de la Salud, la OIT y la Unión Europea, y adoptados oficialmente por la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

No será sencillo. El Ministerio tardará seis meses en establecer la metodología oficial de medición de campos electromagnéticos, tarea que ya comenzó y requirió la adquisición de equipos especiales. El decreto establece límites máximos de radiación según el rango de frecuencia de cada sistema de telecomunicaciones. En el caso de la telefonía celular quiere decir que cada tipo de antena tendrá un límite de radiación máximo permitido en relación con el tráfico y la topografía. Los ingenieros utilizan complicadas fórmulas para calcular esto, pero para el ciudadano se traduce en que tiene derecho a estar protegido de manera preventiva de acuerdo con estándares internacionales y para Comcel, BellSouth y Colombia Móvil, en que deberán financiar la medición del efecto electromagnético de todas sus antenas en el país, lo que podría costar entre 1.000 y 2.000 dólares por torre, para asegurarse de que cumplan la norma. Para cada antena que no cumpla la norma tendrán que reducir su potencia (lo que significa pérdida de cobertura) o elevar su altura (una torre más alta) o instalar dispositivos de mitigación. La pregunta es: ¿lo harán? O al menos ¿lo harán sin necesidad de tutelas y procesos judiciales por parte de la ciudadanía?