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La representante Tatiana Cabello fue quien abanderó el proyecto de ley. | Foto: SEMANA

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Así quedó la nueva licencia de maternidad

El presidente Juan Manuel Santos sancionó la ley que amplía la licencia de maternidad a 18 semanas.

4 de enero de 2017

Las madres de Colombia esperaban con ansia que la ley que amplía en cuatro semanas la licencia de maternidad fuera sancionada por el presidente Juan Manuel Santos. Este miércoles el mandatario le dio su aval al proyecto que desde diciembre había sido aprobado por el Congreso.

La iniciativa, impulsada por la representante a la Cámara Tatiana Cabello y el senador Iván Duque, del Centro Democrático, modifica dos artículos del Código Sustantivo de Trabajo.

Ahora por ley todas las trabajadoras en estado de embarazo tienen derecho a una licencia de 18 semanas remuneradas, es decir, cuatro meses y medio. Los padres, por su parte, continuarán con los ocho días hábiles después del nacimiento.

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Además, el presidente sancionó otra ley que ayuda a complementar el derecho de las madres a lactar. El Código ya advertía que las madres tenían derecho a dos descansos remunerados de 30 minutos para lactar durante los primeros seis meses de vida del recién nacido, pero ahora las mujeres que trabajen en empresas con capitales superiores a 1.500 salarios mínimos y tengan más de 50 empleados podrán contar con la estrategia Sala Amigas de la Familia Lactante. Estos espacios servirán para que las madres puedan extraer la leche materna en un lugar "higiénico y digno" para luego darla a su bebé.

Estos son los datos claves de la licencia de maternidad

-La licencia de maternidad es un derecho de las madres en estado de embarazo que estén vinculadas a una empresa o trabajo, esto incluye las madres adoptantes y los padres adoptantes sin compañera permanente.

-La ley establece una semana de licencia obligatoria antes del parto y prevé la ampliación a dos semanas de licencia cuando se trate de un parto múltiple.

-La licencia de maternidad para madres de niños prematuros tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuales serán sumadas a las 18 semanas que se establecen en la ley.

-Las mujeres trabajadoras tendrán derecho al pago de las 18 semanas de descanso remunerado en caso de no disfrutar de su licencia por maternidad.

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-La anterior ley, según Cabello, tenía un vacío, y es que algunas madres, por razones médicas, deben empezar a tomar su licencia tres, cuatro o más semanas antes del parto, esa situación genera que el descanso posparto se reduzca considerablemente. La nueva ley despeja tal vacío, pues establece que en ningún caso y bajo ninguna circunstancia el descanso después del parto pueda ser inferior a 16 semanas.

Para la Universidad de los Andes, que analizó en su momento el proyecto de ley, hay una falencia en la promoción de la igualdad de género.

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Según el claustro, "no se puede incentivar desde el nacimiento que sean únicamente las mujeres las que están a cargo del menor, sino que se debe buscar que estos papeles sean compartidos". Esto se debe a que en la legislación colombiana la paternidad no tiene los mismos beneficios y los académicos proponen que la licencia de maternidad y paternidad tengan un tiempo igual.

Respecto a este punto, los congresistas Tatiana Cabello e Iván Duque intentaron ampliar los días hábiles de los padres, pero no fue exitosa la idea en el Capitolio.