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La Corte Constitucional ha jugado un papel decisivo en el proceso de paz.

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Corte Constitucional, el otro arquitecto de la paz

Semana.com hace un recuento de las principales decisiones que han servido de soporte a la edificación de este proceso histórico.

22 de junio de 2016

La Corte Constitucional ha sido un invitado de excepción, pero también notablemente decisivo en el proceso de paz. De la decisión de sus magistrados ha dependido la aplicabilidad de los acuerdos, lo que convierte a ese cuerpo colegiado en otro de los arquitectos de la reconciliación.

El fallido marco jurídico para la paz, la inocua ley de referendo para la paz, la aplicabilidad de la Ley de Restitución de Tierras y la posibilidad de convocar o no al plebiscito de refrendación ofrecen un balance positivo de participación del alto tribunal en el proceso de institucionalización de este pacto entre el Gobierno y las FARC.

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Este papel como edificadores de la pacificación que empezó a ganarse la Corte en el último cuatrienio comenzó en el 2012. Entonces, la corporación empezó a juzgar la constitucionalidad de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, a través de la cual se pretende devolver a los campesinos desplazados los terrenos de los que debieron huir a sangre y fuego por la presión de los violentos.

La primera y más trascendental decisión de ese organismo judicial fue aquella que amplió el universo de las víctimas de la guerra en Colombia. Aun cuando la corporación juzgó razonable limitar los deberes de resarcimiento a partir de 1985, no permitió que fueran únicamente las personas afectadas por la violencia de los grupos guerrilleros las beneficiarias

Pese a que esas eran las intenciones del Gobierno y del Congreso, la Corte encontró que otros tipos de crimen organizado como el narcotráfico, las bacrimes y demás grupos emergentes eran hijos de la misma guerra. Por lo mismo, las víctimas de esos grupos distintos a la guerrilla no podían quedar al margen de los planes de las instituciones para reparar el daño, lo que llevó a la corporación a incluir en este ambicioso plan a las víctimas de todos los actores violentos que hubieran surgido como consecuencia de la confrontación.

Tras adelantar estas tareas previas al inicio de las conversaciones, el tribunal constitucional se convirtió en juez de las trasformaciones institucionales con las que el Gobierno y el Congreso pretendían dar cabida a la participación política de los guerrilleros luego del inicio de las conversaciones en Cuba.

La Corte Constitucional examinó el marco jurídico para la paz, el instrumento legal que, infructuosamente, se edificó para fijar los parámetros de juzgamiento de los integrantes de la guerrilla. Con el aval de la corporación, desmovilizados que no fueran responsables de delitos de lesa humanidad y crímenes atroces que hubieran sido cometidos sistemáticamente se salvarían de ir a la cárcel y podrían gozar de elegibilidad política.

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Aunque el esfuerzo político y judicial de esta reforma constitucional quedó enterrado porque las FARC no quisieron aceptarlo, surgieron las primeras certezas del tipo de delitos que era admisible o no perdonar en el marco de una desmovilización masiva de guerrilleros.

La tercera encomienda de la Corte Constitucional fue la de examinar la posibilidad de aprovechar las elecciones del 2015 para realizar un referendo en el que se consultara la ciudadanía sobre la necesidad de adelantar reformas legales y actuaciones administrativas para conquistar la paz.  

Pese a que la oposición calificó esa pretensión como una trampa para asegurar el marco de participación exigida en estos casos, la Corte otra vez le dio su bendición a la norma y otra vez su trabajo fue en vano porque no alcanzaron los tiempos para llegar a un punto definitivo del acuerdo antes de la contienda electoral.

El protagonismo de los magistrados de esta corporación volvió a salir a flote hace unos meses, cuando el Gobierno logró consolidar el diseño del mecanismo de refrendación de los acuerdos de La Habana (Cuba): el plebiscito por la paz.

Y a juzgar por lo que se ha conocido sobre el examen constitucional a ese proyecto de ley estatutaria, la entidad judicial otra vez le dará el visto bueno al propósito del Ejecutivo. Se dice que la mayoría de los magistrados está de acuerdo con que el 13 % del censo electoral bastaría para que las negociaciones de paz se den por refrendadas.

Así las cosas, en esta alta corte recae gran parte de la responsabilidad en torno al diseño institucional de la reconciliación. Cómo no, si de su decisión sobre el plebiscito y el posterior respaldo de la ciudadanía dependen que el Gobierno y el Congreso se vean obligados a realizar reformas legales y administrativas para implementar el acuerdo.