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Justicia ejemplar en caso de Yuliana, la excepción y no la regla

La condena a 51 años contra Rafael Noguera por el crimen de la pequeña envía un mensaje. En adelante, las autoridades tienen el desafío de demostrar que el emblemático caso significará un verdadero golpe a la impunidad.

1 de abril de 2017

La justicia estuvo a la altura de las expectativas. Menos de cuatro meses después del crimen de la pequeña de 7 años Yuliana Samboní, que estremeció al país, el juzgado de la causa se pronunció al emitir contra su asesino, Rafael Uribe Noguera, un fallo severo, oportuno y con profundas reflexiones para una sociedad en la que la violencia de género es parte del paisaje.

La jueza condenó al arquitecto Noguera, de 39 años de edad, a pasar 51 años y 8 meses en la cárcel por el delito principal de feminicidio, en concurso con los de acceso carnal violento y secuestro simple agravado. Aunque el sujeto aceptó su responsabilidad, ello no le significó beneficio judicial alguno, pues la ley lo prohíbe tajantemente cuando la víctima es un menor. “Mujer, niña y pobre, era el más débil entre los débiles y el mejor escenario para ejercer un brutal acto”, afirma la sentencia respecto a la víctima. Se trata entonces de la máxima condena proferida desde que el feminicidio se incorporó en 2015 al Código Penal, tras el execrable crimen de Rosa Elvira Cely.

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Varios elementos explican la prontitud del fallo. El primero es que las autoridades responsables actuaron con diligencia desde el primer momento (cuando nadie imaginaba que se trataría de un caso emblemático). El 4 de diciembre de 2016 no habían pasado dos horas desde que el padre de Yuliana avisó al CAI más cercano que alguien se había llevado a su hija, que había sido raptada, cuando ya estaba sentado con un agente del Gaula inspeccionando las cámaras de seguridad del sector. Así la Policía logró determinar pronto el vehículo exacto en el que Uribe había raptado a Yuliana, lo que le permitió llegar primero a la familia Uribe Noguera, y más tarde al autor material. Este no tuvo oportunidad de desaparecer el cadáver de la víctima o de fraguar una coartada para eludir la justicia, como suele ser el proceder de los criminales.

El caso de Yuliana demostró que las acciones urgentes de la Policía y la Fiscalía son definitivas no solo para resolver un expediente, sino que pueden significar todo para las víctimas, la vida o la muerte muchas veces. En este caso dejaron sin otra opción al criminal que allanarse a los cargos y asumir su responsabilidad. Algo totalmente distinto ocurrió en 2010 en el sonado caso Colmenares. En este la Fiscalía no se preocupó por recaudar oportunamente el registro de las cámaras de seguridad, sino que quiso hacerlo un año después, cuando ya era técnicamente imposible. La falla dio para que se especulara con que las imágenes de las cámaras fueron borradas, y seis años después el expediente aún hace tránsito de estrado en estrado, y se mantiene vigente la pregunta de si lo ocurrido a Colmenares fue un accidente o un crimen.

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Aunque en el caso de Yuliana está por esclarecerse si a los hermanos Francisco y Catalina Uribe Noguera les cabe alguna responsabilidad (enfrentarán un juicio por presunta obstrucción a la justicia), el asunto de fondo está plenamente definido y ahora debidamente sancionado con la condena. Para algunos los 52 años de cárcel son pocos y reclaman la máxima sentencia permitida en Colombia de 60 años de prisión.

Cuando la juez terminó la lectura, la Fiscalía anunció que apelaría para elevar la condena, en tanto que la Procuraduría se mostró conforme. En ese debate se perdió de vista que en Colombia el fin de la pena no es vengar, sino proteger a la sociedad y siempre que sea posible resocializar a los delincuentes. Además que la tasación de la condena no es un capricho de los jueces, sino que se determina con reglas concretas según los delitos probados (en el fallo la juez le recuerda a la Fiscalía que no incluyó el agravante de la tortura que sufrió la víctima). También hay que tener presente que si bien Noguera no obtuvo rebajas por aceptar responsabilidad, tiene como todos los presos el derecho a descontar pena con trabajo y estudio, con lo cual podría, hipotéticamente, disminuir unos 15 años. El arquitecto saldría de prisión cuando tenga entre 72 y 75 años de edad, en la práctica una merecida cadena perpetua.

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La sanción resulta alentadora aún más en medio de un escenario de cerca del 90 por ciento de impunidad, con miles y miles de casos sin responsables ni avances ciertos en las investigaciones. Justamente por ello la juez insistió en que es urgente que la atención que recibió este caso sea en adelante la medida general. Bien lo dijo en su fallo: “Solo cuando la Fiscalía muestre resultados alrededor de violencia sexual y feminicidio y les procure pronto acceso a la justicia (a todas las víctimas), solo cuando la violencia contra la mujer se reconozca como de interés público, y solo cuando la sociedad exteriorice actos de tolerancia sobre la identidad de género, podremos demostrar que Yuliana no murió en vano”.