Home

Empresas

Artículo

Derecho
Imagen de referencia. | Foto: Getty Images

Empresas

La exposición mediática y el debido proceso: caso Van Camp’s

Por: Carolina Otálora Van Houten, asesora laboral de Álvarez Liévano Laserna.

Redacción Semana
6 de marzo de 2024

En el último tiempo se ha visto cómo el Ministerio del Trabajo ha lanzado contundentes declaraciones acusatorias sobre el actuar en diferentes empresas, a través de las cuales afirma la existencia de gravísimas violaciones a los derechos laborales y constitucionales de trabajadores colombianos. Corren ríos de tinta en los titulares de prensa y prontamente se convierten en tendencia de red social los empleadores expuestos.

Sin embargo, ¿las acusaciones que lanza la cartera administrativa para alimentar la tribuna pública son hechos consumados que cuentan con pruebas claras y certeras?, ¿se le ha dado oportunidad previa a la empresa de aclarar lo sucedido o pronunciarse al respecto o en todo caso evitar una maliciosa exposición pública?, ¿qué sucede si estas declaraciones no son completamente ciertas, pero ya se generó un perjuicio reputacional a la compañía empleadora por una divulgación controlada o no controlada?

Uno de los casos más recientes y que el medio laboral conoció de primera mano es el de la marca Atún Van Camp’s (Seatech International Inc.). La agitación mediática y ciudadana fue evidente luego de que la propia ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, manifestara por medios de comunicación de alcance nacional -sin ponerlo en duda- que algunas trabajadoras de esta empresa debían “usar pañal” en su sitio de trabajo, dado que no tenían autorización para usar el baño.

Como antecedente de la anterior declaración se tiene que una trabajadora de la compañía y miembro de una organización sindical había igualmente realizado múltiples manifestaciones direccionadas a afirmar que la empresa Seatech Internacional obligaba a sus trabajadores a usar pañales desechables, pues de lo contrario se descontarían de los salarios los tiempos de ida al baño.

GLORIA INÉs RAMÍREZ Ministra de Trabajo
Gloria Inés Ramírez, ministra del Trabajo. | Foto: guillermo torres-semana

No obstante, no solo ha sido de público conocimiento que la compañía denunció penalmente a esta trabajadora por injuria -lo que quiere decir que no pueden tomarse como ciertas sus declaraciones hasta que judicialmente se defina-, sino que, en todo caso, otras empleadas de la marca Atún Van Camp’s han señalado públicamente que “es mentira” que la empresa descuente el tiempo de uso del baño de sus trabajadores.

Así, a través de un comunicado público, la empresa rechazó enfáticamente las acusaciones realizadas por la ministra de Trabajo y, de hecho, calificó las afirmaciones desplegadas como “sin fundamento”.

El atún en lata es uno de los alimentos más consumidos en todo el mundo
La compañía de atún negó lo denunciado por el Ministerio del Trabajo. | Foto: Getty Images / Kinga Krzeminska

Ahora bien, y sin perjuicio de que luego de las gravísimas declaraciones realizadas por la entidad ministerial, la compañía se defendió públicamente, ¿no está a la luz de la opinión pública el daño hecho? Cierto es que afirmar que las trabajadoras de Van Camps debían usar pañales -por una presunta directriz corporativa- generó polémica e indignación en la mayoría de la ciudadanía calificando a la marca Atún Van Camp’s de manera absolutamente negativa y generando perjuicios reputacionales -y probablemente económicos- a la empresa.

En ese sentido, con independencia de lo que arrojen las investigaciones sobre la conducta del empleador o de los trabajadores, lo que no puede negarse es la gravedad de que entidades estatales que tienen la función constitucional de inspección, vigilancia y control y que, por lo mismo, deben ser imparciales, realicen declaraciones públicas de tal magnitud sin contar con pruebas certeras y, aún más, sin permitir el derecho de defensa de la empresa empleadora a pesar del ruido mediático generado.

En efecto, la legislación laboral colombiana regula el proceso de averiguación preliminar y el proceso administrativo sancionatorio que se lleva a cabo por el Ministerio del Trabajo, procedimientos a través de los cuales las partes implicadas pueden pronunciarse, presentar las pruebas que pretendan hacer valer y defender sus intereses, al cabo de los cuales se determinará por esta cartera ministerial si existe mérito o no para imponer una sanción por la violación de derechos laborales.

Por tanto, lo que no puede ponerse en duda es que afirmaciones tan graves y delicadas no deberían ser realizadas sin la previa garantía del debido proceso - artículo 29 de la Constitución Política- y sin contar con pruebas claras y suficientes, especialmente por entidades gubernamentales cuyas declaraciones, en principio, se presumen como ciertas por parte de los colombianos.

El documento tiene fecha del 19 de octubre de 2023.
Este es el documento de MinTrabajo tras la visita a la planta de Van Camp’s. | Foto: SEMANA