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Demandas contra Iván Duque y Álvaro Uribe se desinflan en el Consejo de Estado

La Procuraduría asegura que la oposición tiene el derecho a no votar los proyectos de ley con los que no está de acuerdo. El alto tribunal señala que la demanda contra Álvaro Uribe no cumple con los requisitos ni detalla sus eventuales ausencias.

24 de abril de 2018

La muerte política a Luz Adriana Moreno Marmolejo, representante del Partido de la U, está a punto de convertirse en un coco que ya no asusta indiscriminadamente. La parlamentaria fue sancionada con el peor castigo político por asistir a las sesiones del Congreso, contestar el llamado a lista y desaparecer. 

La decisión puso a temblar al Congreso, ya que esta práctica -más recurrente en unos que en otros- ha sido usada sin excepción. El fallo se convirtió además en un caballito de batalla contra el Centro Democrático, el partido que con su candidato Iván Duque lidera las encuestas a las presidenciales 2018. La razón es que esta bancada, una de las más juiciosas en el Congreso, adoptó como mecanismo de protesta política el abstenerse a votar los proyectos de la paz. 

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Este martes se llevó a cabo en el Consejo de Estado la audiencia pública de pérdida de investidura contra Duque. Durante la diligencia, dirigida por el magistrado ponente Jorge Octavio Ramírez, la Procuraduría hizo varias claridades que, de ser adoptadas por el alto tribunal, dejarían en el aire los reclamos contra los congresistas del Centro Democrático. 

La primera precisión es que el caso de Moreno y el de Duque no se asemejan. En el caso de Moreno, el alto tribunal revisó las actas de varias sesiones para corroborar que faltó a por lo menos 20 plenarias en la legislatura 2015-2016 y a otras 19 de la comprendida entre el 20 de julio del 2016 y el 20 de junio del 2017. Dichas ausencias no estuvieron justificadas. 

Por el lado del Centro Democrático -dijo el procurador delegado Iván Darío Gómez Lee- la situación es distinta. Después de hacer un análisis pormenorizado de las tres sesiones extraordinarias (del 14 de febrero, del 8 de marzo y del 13 de marzo) y de las ordinarias del 22 de marzo hasta el 23 de mayo, resulta evidente la inexactitud de la información que tiene el denunciante. Principalmente, porque quedó demostrado que el senador Duque participó en las deliberaciones del Congreso ejerciendo la oposición. Y la Constitución y la Ley de bancadas protegen ese tipo de actuaciones.
 

"La pérdida de investidura no esta diseñada para casos donde se ejerce activamente el derecho a la oposición"

El salvavidas que lanza el procurador delegado le cae a todos los integrantes del Centro Democrático y de la oposición ya que para el Ministerio Público abstenerse a votar proyectos de ley o actos legislativos es un derecho que tienen las fuerzas políticas distintas al gobierno y bajo ninguna circunstancia la causal de pérdida de investidura le resulta aplicable a los partidos políticos. Destaca -por ejemplo- que al igual que el Centro Democrático, en el pasado el Partido Liberal ejerció oposición y se abstuvo de votar determinadas iniciativas por sus concepciones políticas o filosóficas.

El procurador delegado ante el Consejo de Estado le solicitó a ese tribunal no declarar la muerte política al exsenador Iván Duque. Y le pidió que considere su conducta como un elemento esencial de un sistema democrático que contaba con una directriz previa del partido. Para el Ministerio Público, siempre que se evidencia la participación de un congresista al menos en un debate de la sesión, no hay lugar a la pérdida de investidura. 

En contexto: El fallo del Consejo de Estado que podría volverse una tumba política

Aunque detrás de Duque, venía el estudio de la demanda contra el senador Álvaro Uribe Vélez, el Consejo de Estado la inadmitió al considerar que no cumple con los requisitos. El recuento de inasistencias que hace el demandante Nixon José Torres Carcamo resultó para el Consejo de Estado impreciso, general e indeterminado. No especifica de manera clara y concreta las sesiones a las que hace referencia. 
"Al actor le corresponde exponer con precisión y claridad los hechos en los que sustenta la solicitud, con el fin de que el congresista demandado tenga la certeza de la conducta o hechos que se le endilgan como presuntamente sancionables, con la precisión de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, que permitan al demandado ejercer de manera oportuna y efectiva el derecho de defensa y se garantice el debido proceso". El demandante tiene 10 días para que corrija su solicitud, de lo contrario, contra Uribe el caso quedará sepultado.