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SALVATORE MANCUSO
SALVATORE MANCUSO | Foto: Migración Colombia

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Mancuso, unas de cal y otras de arena: jueza frenó libertad por conflicto de competencias que definirá la Corte Constitucional

Señaló que el alto tribunal debe tomar una decisión de fondo frente a las solicitudes elevadas por la defensa del excomandante paramilitar.

21 de mayo de 2024

La cruzada del excomandante paramilitar Salvatore Mancuso Gómez por conseguir la libertad fracasó y seguirá en la cárcel. Esto después que en la tarde de este martes una magistrada de Justicia y Paz, con función de control de garantías, determinara que sigue vigente el conflicto de competencias para resolver las solicitudes de libertad del exjefe de las AUC.

En la decisión tomada se indica que la Corte Constitucional no ha definido si es Justicia y Paz o la JEP el tribunal que debe resolver las solicitudes de libertad allegadas por la defensa de Mancuso y solo hasta que el alto tribunal dicte la última palabra se podrá definir la libertad del exjefe de los paramilitares.

“La JEP asume competencias que no le corresponden”, aseveró la jueza al concluir que se está presentado una “vulneración al debido proceso, los principios de reserva legal y de juez natural. Lo anterior como quiera que a la fecha Salvatore Mancuso Gómez en virtud de su acogimiento voluntario a la le 975 de 2005 al que no ha renunciado (...) tiene ejecutoriados tres fallos parciales transicionales emitidos en su contra”.

Para la jueza, actualmente existe un limbo jurídico con los procesos de Mancuso, puesto que debe seguir respondiendo ante Justicia y Paz y por ende ante las víctimas que fueron reconocidas tras un largo proceso; pero también, debe comparecer ante la JEP que admitió su sometimiento en pleno.

“A la fecha se encuentra conflicto positivo de competencias entre jurisdicciones frente a la JEP cuyo conocimiento radica en la Corte Constitucional y que no ha sido resuelto, por lo que resulta razonable que sea dicha corporación la que determine la competencia de la Sala de Casación Penal para resolver en segunda instancia lo referidos asuntos frente al postulado Salvatore Mancuso en consecuencia lo procedente es abstenerse de resolver el recurso de apelación”, aclaró.

En el análisis jurídico de la petición se manifestó que en estos momentos se está vulnerando claramente el “acceso efectivo a la administración de justicia de las víctimas reconocidas en Justicia y Paz en igualdad de condiciones respecto a la viabilidad de la indemnización como de otras medidas de reparación individual o colectiva, y acceso a la verdad”.

De enviar -advirtió la jueza- todos los expedientes a la JEP esto conllevaría una afectación a los trámites de reparación y no repetición. “De trasladarse los procesos parciales transicionales a las víctimas que faltan por incluir en fallo parcial transicional, que como se ha precisado, corresponden a 65.067 hechos (...) se va a producir una violación a su derecho a la igualdad, pues no tendrán la posibilidad de acceder a sus pretensiones individuales de indemnización judicial en los mismos términos que las que ya fueron incluidas en tres sentencias transicionales ejecutoriadas”.

Para la jueza, con estas acciones se priva de la reparación a las víctimas de los bloques paramilitares comandados por Mancuso. Esto conllevaría a que el Estado asuma una eventual responsabilidad patrimonial. “No deja de ser llamativo que de manera más que explícita defensa técnica y material abdiquen de este sistema de justicia transicional, esto es Justicia y Paz, reclamando su acogimiento total por la JEP”.

Tras conocer la decisión, el exjefe de las AUC, quien se encuentra privado de su libertad en la cárcel La Picota, de Bogotá, hizo un fuerte reclamo, considerando que se le debe resolver su situación jurídica “para que no se violen mis derechos fundamentales, y pueda acceder al debido proceso, a la libertad personal, a la administración de justicia y pueda, básicamente, recuperar mi libertad”.