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Salvatore Mancuso, excomandante paramilitar, ante la JEP.
Salvatore Mancuso, excomandante paramilitar, ante la JEP. | Foto: Captura de video

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Expectativa ante la llegada de Mancuso al país, tras cumplir condena en EE.UU. ¿Qué le espera una vez pise suelo colombiano?

El excomandante paramilitar llegará este martes al país después de estar 17 años cumpliendo una condena en Estados Unidos por tráfico de drogas.

Redacción Nación
27 de febrero de 2024

Todo está listo para que este martes, 27 de febrero, llegue al país el excomandante paramilitar Salvatore Mancuso Gómez tras 17 años. Fuentes cercanas le confirmaron a SEMANA que el exjefe de las AUC saldrá de Atlanta, en los Estados Unidos, y llegaría al país alrededor de las tres de la tarde en un vuelo chárter junto a otro centenar de deportados.

Cumpliendo los trámites ordinarios, Mancuso Gómez será recibido por agentes de la Policía Nacional y de Migración Colombia que realizarán la respectiva reseña y la verificación de requerimientos judiciales. Una vez hecho esto, será trasladado a los calabozos de la Dijín, en el occidente de Bogotá, para luego revisar su traslado a un centro carcelario que cumpla con las medidas de seguridad.

En contra del excomandante paramilitar, según pudo establecer SEMANA, existen 13 requerimientos por parte de salas de justicia y paz de todo el país para que responda por un rosario de delitos, que van desde el concierto para delinquir, terrorismo, secuestro, homicidio agravado, entre otros.

Salvatore Mancuso solicitó su sometimiento ante la JEP.
Salvatore Mancuso solicitó su sometimiento ante la JEP. | Foto: JEP

Pese a que el pasado 17 de noviembre, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) aceptó el sometimiento de Salvatore Mancuso a esa jurisdicción como “sujeto incorporado a la Fuerza Pública” entre los años de 1998 y 2004, los expedientes contra el excomandante AUC siguen en Justicia y Paz, tribunal creado tras la desmovilización de las estructuras paramilitares.

Esto llevó a que Mancuso, por medio de su defensa, presentara un recurso de apelación argumentando que se encuentra en un vilo jurídico. En esa oportunidad, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas determinó que el exjefe paramilitar tuvo un papel de “bisagra” entre las estructuras militares, empresariales, políticos y agentes del Estado con los grupos paramilitares.

Casualmente, en enero pasado, la Sala de Justicia y Paz de Barranquilla determinó que el exjefe de las AUC debe responder por los crímenes acaecidos en los departamentos del Cesar y La Guajira por los frentes Mártires del Cesar y Resistencia Motilona de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) entre los años de 1996 y 2005.

En la decisión de 45 páginas se advierte que Salvatore Mancuso, siendo comandante de los bloques que lideró en el norte del país, auspició además crímenes en el departamento de Norte de Santander por orden directa de la Casa Castaño, comandada por los hermanos Fidel, Vicente y Carlos Castaño Gil.

Mancuso será recluido en la cárcel La Picota, en Bogotá

El exparamilitar Salvatore Mancuso será llevado a la cárcel La Picota en Bogotá, una vez llegue deportado al país: Allí estará solo en una celda y sin comunicación alguna y será vigilado 24 horas, de manera permanente, así como su alimentación. Se espera que Mancuso llegue este martes sobre el mediodía.

El exjefe paramilitar arribará desde Estados Unidos para brindar su testimonio ante la Justicia en el proceso que lleva el expresidente Álvaro Uribe Vélez por delitos de fraude procesal y soborno a testigos.

Mancuso busca ser acogido por la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y aunque no tiene nada que ver con el caso de Uribe directamente, su declaración hará parte de lo dicho por el paramilitar Juan Carlos ‘el Tuso’ Sierra sobre el paramilitarismo.

Álvaro Uribe y Salvatore Mancuso.
Álvaro Uribe y Salvatore Mancuso. | Foto: SEMANA

‘El Tuso’ dijo, cuando el investigado era el senador Iván Cepeda, que al estar detenido en Estados Unidos, justamente, los congresistas Cepeda, la fallecida Piedad Córdoba y Rodrigo Lara estuvieron visitándolo; en el caso de los dos primeros, pidiendo información de supuestas relaciones del expresidente Uribe con paramilitares.

Según el expresidente, quien publicó un mensaje al respecto en su cuenta de X el pasado 19 de febrero, aseguró que el exparamilitar estaría en 15 días en el país.

Comunidad informa: “Mancuso viene en dos semanas, tiene toda la protección para él y sus abogados”, señaló Uribe.

Las solicitudes contra Mancuso

1. Solicitud de extradición suscrita por la Sala de Justicia y Paz con Funciones de Control de Garantías del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla dentro de los procesos 08001-22-52-001-2017-80008 y 08001-22-52-001-2016-80008, presentados diplomáticamente ante el país requerido el 15 de abril y el 13 de mayo de 2020

2. Solicitud de extradición suscrita por Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá por las sentencias con radicados 2006-80008 y 2014-00027, presentadas diplomáticamente al país requerido el 20 de agosto de 2020.

3. Solicitud de extradición suscrita por Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del proceso N.° 11001-22-52-000-2021-00157-00, presentadas diplomáticamente al país requerido el 16 de marzo de 2022.

4. Solicitud suscrita por Sala de Control de Garantías de la Sala de Justicia y paz del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá dentro del proceso N.° 11001-22-52000-2021- 00136-00, presentada diplomáticamente al país requerido el 29 de abril de 2022.

5. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, N.° 11001-22-52-000-202100190-00, presentada diplomáticamente al país requerido el 18 de mayo de 2022. Frente a este radicado se han remitido 4 solicitudes de ampliación.

6. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, N.° 11001-22-52-000- 2021-00194-00, presentada diplomáticamente al país requerido el 22 de diciembre de 2022.

7. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá dentro del proceso con radicado Bogotá N.° 2021-00197 y radicado Barranquilla 2020-00049, presentada diplomáticamente al país requerido el 12 de junio de 2023.

8. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro de los radicados 1100-12-25-2000-2021-00190-00 y 110-01-22-52000-2021-00192-00, reunidos en uno solo, ahora, identificando la actuación el último de los radicados, presentada diplomáticamente al país requerido el 12 de junio de 2023.

9. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro de los radicados Bogotá No. 11001-22-52 000-2021-00201-00, y radicado Barranquilla N.° 0800-12-25-2001-2020-00076-00, presentada diplomáticamente al país requerido el 12 de junio de 2023.

10. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, proceso con radicado 11001-22-52-000-2021-00195-00, presentada diplomáticamente al país requerido el 6 de julio de 2023.

11. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro de la imputación con radicado N.° 021-00193, presentada diplomáticamente al país requerido el 6 de julio de 2023.

12. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del radicado Bogotá N.° 11001-22-52-000-2021-00203-00 (Rad Barranquilla 08001-22-52-001-2020-00079-00), presentada diplomáticamente el 27 de noviembre de 2023.

13. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del radicado Rad Bogotá. 11001-22-52-000-2021-00205-00 (Rad. Barranquilla 08001-22-52-001-2020-00087-00). presentada diplomáticamente el 27 de noviembre de 2023

14. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del Rad Bogotá. 11001-22-52-000-2021-00206 00 (Rad. Barranquilla 08001-22-52-001-2020-00089-00, presentada diplomáticamente el 11 de diciembre de 2023.

15. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del radicado Rad Bogotá. 11001-22-52-000-2021-00205-00 (Rad. Barranquilla 08001-22-52-001-2020-00087-00) presentada diplomáticamente el 27 de noviembre de 2023.

16. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del radicado Bogotá: 11001-22-52-2021-00199-00 (Rad. Barranquilla 2020-00071.

17. Solicitud suscrita por el Despacho de Control de Garantías de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, dentro del Rad Bogotá. 11001-22-52-000-2021-00202 / 11001-22-52-000-2021-00204-00 (Rad. Barranquilla 08001-22-52-001-2020-00077-00 / 08001-22-52-001-2020-00086-00).