En la tarde de este miércoles, 13 de mayo, el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Circular Externa No. 017 de 2026. A través de este documento, el Gobierno nacional establece que las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y los demás integrantes del sistema de salud deben asegurar que los usuarios reciban sus fármacos de manera integral y oportuna.

La normativa enfatiza que los conflictos administrativos entre las entidades no deben interferir en el acceso a los servicios de los ciudadanos.
Esta determinación surge como respuesta al volumen de reportes ciudadanos relacionados con retrasos, entregas parciales y dificultades de disponibilidad en diversas zonas del territorio nacional, aclaró MinSalud.
Con los nuevos lineamientos, “se busca priorizar a los pacientes con diagnósticos crónicos, a la población infantil y a las personas en situación de vulnerabilidad”.

Obligaciones para EPS y gestores farmacéuticos
La circular contempla una serie de disposiciones de cumplimiento obligatorio para mejorar la logística de distribución. Entre los puntos principales, se exige a las EPS contar con redes suficientes de proveedores y activar mecanismos de entrega domiciliaria en caso de pendientes.
Bajo esta nueva regla, las entidades disponen de un plazo máximo de 48 horas para hacer llegar los medicamentos faltantes al lugar de residencia del afiliado.
Asimismo, la normativa aborda la gestión ante la falta de suministros en el mercado. En situaciones donde exista un único proveedor, las entidades deben implementar planes de mitigación, los cuales incluyen la importación de productos vitales no disponibles, siguiendo los precedentes de la Corte Constitucional.
Vigilancia y flujo de recursos
Un componente central de la medida es la transparencia financiera. Se ordena mantener el flujo de recursos hacia los gestores farmacéuticos para evitar interrupciones en la atención por deudas económicas.
El documento señala que las dificultades financieras o contractuales entre los actores del sistema no son justificación válida para suspender los tratamientos médicos de los pacientes.
#Comunicado | #Minsalud expidió la Circular Externa No. 017 de 2026, con la que las EPS y demás actores del sistema deberán garantizar que los pacientes reciban sus medicamentos completos y a tiempo, sin que los problemas entre entidades afecten sus tratamientos. pic.twitter.com/x0bbcZi5En
— MinSalud Colombia 🇨🇴 (@MinSaludCol) May 13, 2026
Por otro lado, se hace un llamado a las secretarías de salud y a la Superintendencia Nacional de Salud para intensificar las labores de inspección y vigilancia. Las autoridades territoriales deberán habilitar canales para recibir denuncias sobre incumplimientos en la entrega de insumos.
Finalmente, el Ministerio reiteró que ninguna entidad puede realizar prácticas que limiten la competencia o afecten el bienestar de los usuarios, instando a una articulación institucional que proteja la vida por encima de los trámites burocráticos.
