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El componente inflacionario es la parte de los ingresos de capital que son considerados como no constitutivos de renta, es decir, están libres de impuestos.

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¡Ojo! Si tiene un CDT podría pagar más renta este año

El Minhacienda tiene listo un borrador de decreto, con el que definirá el componente inflacionario de las rentas de capital. ¿Qué es y por qué es importante?

12 de marzo de 2021

Los ahorros en productos financieros como CDT u otras cuentas en bancos y entidades del sector se ha convertido en una salida para miles de colombianos, que protegen sus recursos, al tiempo que ganan un porcentaje por tenerlos allí invertidos.

No obstante, como cualquier ingreso, estos deben pagar impuestos hasta cierto punto y este año la suma podría ser levemente mayor, por cuenta de los duros efectos económicos que trajo consigo la pandemia.

La crisis económica se vio reflejados en diversos factores y uno de ellos fue el índice de precios al consumidor (IPC) o inflación. Según el Dane, el país cerró el año pasado con un IPC de 1,61 %, lo cual implica que hubo un bajo incremento en los precios que se pagan en el país. Sin embargo, que este dato haya sido moderado tiene otras implicaciones.

Diversos productos financieros generan rendimientos, cuando les va bien en el mercado. Es el caso de los CDT o carteras colectivas. | Foto: Ingimage

Una de estas la sentirán los colombianos durante el segundo semestre del año, cuando realicen la declaración y pago del impuesto de renta del año gravable 2020. Puntualmente, para aquellos que tienen CDT, cuenta de ahorros, carteras colectivas, están en fondos de inversión o tienen cualquier producto que haya generado rendimientos.

Las ganancias que se generan por estos bienes son incluidos año a año en la declaración del Imporrenta, particularmente cuando se depuran los temas de rentas de capital.

Como en cada vigencia, el Gobierno reconoce que a una parte de los rendimientos los toca la inflación, con lo cual los ciudadanos no pagan renta por el 100 % de estos recursos. En este punto aparece un dato clave, que es el componente inflacionario, es decir, la parte de los ingresos de capital que son considerados como no constitutivos de renta.

El mayor pago de impuesto de renta por rendimientos financieros responde a que la inflación del país cerró al año pasado en mínimos históricos.

En plata blanca, esto quiere decir que una porción de estos dineros está libre de impuestos, mientras que otra sí debe tributaria. Para la declaración que se realizará este año, el Ministerio de Hacienda prepara un decreto, con el cual fijaría que la parte no gravada sea del 44,23 % de los rendimientos.

Es decir, si una persona recibió $ 1 millón por rendimientos durante el año pasado, deberá pagar impuestos por el 55,77 % que sí está gravada ($ 557.000), más no por el total.

La cifra que se fijaría para el año gravable 2020 es inferior a la del 2018, ya que en ese momento, casi el 63 % estuvo libre de impuestos. Según fuentes del Gobierno, si una persona mantuvo el año pasado las mismas condiciones y no perdió ingresos por otro lado, deberá pagar un impuesto de renta más alto.

Ahora bien, para muchas personas esto no será mayor problema, pues, en lugar de rendimientos, sus productos les generaron pérdidas, por cuenta de la pandemia. No obstante, para otros implicará desembolsillar un poco más de recursos, ya que -en medio de todo- registraron números verdes.

Declaración de renta 2021

Esto se verá cuando hacia el segundo semestre del año, cuando comience la temporada de declaraciones de renta en el país para personas naturales. Puntualmente para aquellos que en la cédula general incluyen aspectos en rentas de capital.

Estos y todos los demás colombianos que deberán declarar por sus ingresos este año sumarían unas 3,5 millones de personas, de acuerdo con cálculos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Para esta población, el Minhacienda ya definió los topes y casos en que se deberá presentar el trámite de impuestos. Si cumple uno de los siguientes puntos deberá hacerlo:

  • Que el patrimonio bruto en el último día del año gravable 2020 no exceda 4.500 UVT ($ 160′232.000).
  • Que los ingresos brutos sean inferiores a 1.400 UVT ($ 49′850.000).
  • Que los consumos mediante tarjeta de crédito no excedan 1.400 UVT ($ 49′850.000).
  • Que el valor total de compras y consumos no supere las 1.400 UVT ($ 49′850.000).
  • Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras no excedan 1.400 UVT ($ 49′850.000).

Es decir, una persona con ingresos mensuales de unos $ 4,1 millones deberá declarar renta. Eso sí, esta cifra ya debe estar depurada con ingresos no constitutivos de renta (como aportes a salud y pensión) y rentas exentas.

Cálculos de tributaristas señalan que, a ciencia cierta, una persona deberá realizar este trámite impositivo cuando sus ingresos mensuales sean de unos $ 4,9 millones.