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¡Ojo! Empezaron los vencimientos del impuesto al patrimonio

A través de los años, a las personas que en Colombia tienen mayores recursos económicos, se les ha llamado para pagar un impuesto a los patrimonios más altos. Se le ha llamado impuesto a la riqueza o al patrimonio.

14 de mayo de 2019

El llamado impuesto al patrimonio, a los capitales más altos, ya inició su conteo regresivo y desde el pasado 9 de mayo, si usted es de los millonarios que tiene Colombia y no ha empezado a pagar este gravamen, le contamos que desafortunadamente deberá pagar la sanción de mora y los intereses.

De acuerdo con un reporte del pasado febrero de 2019, elaborado por El Tiempo, hay un millón de colombianos que el DANE clasifica como de clase alta, que es otra forma de hablar de las personas millonarias. Según cita este medio, el reporte de riqueza global del banco Credit Suisse estima que Colombia tiene unos 34 millones de adultos y cada uno es dueño, en promedio, de una riqueza de unos $55 millones.

e tenemos: ¿Cuándo se puede deducir el pago del predial en su declaración de renta?

Lo malo es que la fortuna del país no está distribuida por igual y en promedio entre las personas. Y el dato más diciente es que el 71% de habitantes (24 millones de personas) posee riquezas inferiores a $30 millones (10.000 dólares).

Así, los adultos con propiedades de 10.000 dólares o más podrían llenar las ciudades de Bogotá y Barranquilla. Son 9,8 millones, según Credit Suisse. Si se mira quiénes tienen riquezas superiores a los 100.000 dólares, se podrían reunir en Bucaramanga y Floridablanca: son 724.000 personas.

Y si se va más allá y se mira quiénes tienen fortunas de más de $1 millón de dólares, estas personas se podrían acomodar en el estadio El Campín: son 36.676 individuos. Pero lo anterior es para dar una pista de cuántos millonarios tiene Colombia, aunque para determinar quiénes pagan el impuesto a la riqueza o al patrimonio, la Ley 1943 de 2018, llamada Ley de Financiamiento, especificó quiénes son los contribuyentes que están obligados.

El abecé del impuesto al patrimonio

Si usted es una persona natural, debe tener en cuenta las siguientes fechas para la declaración. De no hacerlo, se expone a sanciones. El impuesto al patrimonio fue creado con la ley de financiamiento -o reforma tributaria- que se firmó a finales del 2018 y que empezó a regir desde el primero de enero de este año. Es un impuesto que grava la posesión de patrimonio líquido superior a $5.000 millones.

Para las personas naturales, el patrimonio líquido está conformado por el total de sus activos (bienes o derechos) a primero de enero de 2019, restándole las deudas vigentes a esa misma fecha. De esta manera, las personas con patrimonio líquido superior a $5.000 millones están automáticamente obligadas a presentar la declaración de impuesto al patrimonio por los años 2019, 2020 y 2021.

Según Ángela María González, Associate Partner del área de impuestos de EY: “Se espera, además, que el patrimonio base del impuesto incluya los bienes que se acogerán a la normalización tributaria del año 2019. Dicha normalización se refiere a los bienes que no venían siendo reportados en las declaraciones tributarias existiendo la obligación legal de hacerlo o a las deudas declaradas, a pesar de ser inexistentes. En escenarios de normalización, el 50% de tales conceptos debe hacer parte de la base del impuesto al patrimonio”.

Siga leyendo: Que no se le pasen los impuestos de 2019 con estas fechas

¿Qué se debe tener en cuenta?

Según el decreto 608 de abril de 2019, a partir del 9 de mayo se deberá pagar la primera cuota del impuesto al patrimonio. La fecha límite de pago dependerá del último dígito del NIT de la persona.

El patrimonio de las personas naturales residentes en Colombia, incluye tanto los bienes poseídos en el país como los poseídos en el exterior.

Las personas declarantes del impuesto al patrimonio pueden restar de la base del impuesto, hasta $462 millones de pesos, correspondientes al valor patrimonial del inmueble donde habitan.

La declaración del impuesto al patrimonio y el pago de la segunda cuota deberán presentarse a partir del 26 de septiembre de 2019. Las fechas importantes son: