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La Fiscalía llamó a juicio al exgobernador de Arauca, Julio Enrique Acosta Bernal, por presuntas irregularidades en contratación. (JOSE RUIZ-COLPRENSA). | Foto: COLPRENSA

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Corte Suprema condena al exgobernador de Arauca, Julio Acosta Bernal, por corrupción

Acosta Bernal deberá pagar 6 años de pena por el delito contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Le fue concedido el beneficio de casa por cárcel.

8 de noviembre de 2023

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de Arauca, Julio Acosta Bernal, como autor del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

La pena impuesta contra Acosta Bernal es de 6 años y tres meses de prisión. Sin embargo, debido a que el exmandatario departamental tiene en la actualidad 70 años de edad, le fue concedido el beneficio de casa por cárcel.

Los hechos por los que fue condenado Acosta Bernal fueron cometidos cuando se desempeñaba como gobernador del departamento, en el periodo 2004-2007 y tienen que ver con la contratación irregular de una interventoría para supervisar y controlar un contrato cuya supervisión ya estaba a cargo del Secretario de Educación del Departamento o su delegado.

“Se demostró que el gobernador -de manera consciente y voluntaria-, incumplió el requisito de los estudios previos de conveniencia y oportunidad para justificar por qué era necesaria esa interventoría. “(…) no se contó previamente con la existencia de los estudios de conveniencia y oportunidad que demostraran la descripción del problema, necesidad de contratar una consultoría externa, el tipo de contrato, los recursos a tener en cuenta, las consideraciones técnicas, la idoneidad del contratista para ejecutar la labor y los posibles riesgos”, señala la providencia”, dice la Corte en su fallo.

Además, la Corte también señala que el valor del contrato a supervisar, cuyo objeto fue la Implantación de la cátedra regional en las unidades educativas del departamento de Arauca, fue de 740 millones de pesos, recursos que provenían de regalías petroleras y la ley establece que solo puede destinarse el 5 % para la interventoría técnica de los proyectos que se ejecuten con estos recursos. Sin embargo, la interventoría contratada de manera directa por Acosta Bernal costó más de 59 millones de pesos, sobrepasando dicho porcentaje.

La Corte advirtió otras irregularidades como que “tampoco se expusieron las razones por las cuáles la supervisión no la podía adelantar un funcionario de la gobernación de Arauca, o porqué la interventoría se adelantaría en un plazo de 10 meses, cuando el contrato de la catedra regional en ese departamento era por 12 meses” y señala que, pese a haber sido contratada la interventoría, finalmente, los dos dos últimos meses restantes ejerció como interventora una funcionaria de la Gobernación.

El proceso contra Acosta Bernal se inició en el 2018. Llamó la atención durante el proceso que, pese a las labores investigativas de la Fiscalía y a que varios funcionarios de la Gobernación para la época habían manifestado bajo juramento que el contrato de interventoría se celebró sin tener estudios previos, sorpresivamente durante una de las audiencias de juicio, en febrero de este año, el asesor jurídico de la época, Carlos Augusto Rincón Jiménez, entregó al despacho, 18 años después, el supuesto documento de los estudios previos.

“Legajo que consiste en una fotografía que, informó, obtuvo de la carpeta del contrato 814 de 2005, la cual no se encuentra foliada, no tiene el visto bueno de aprobación que tienen los documentos comunes de los contratos 695 y 814 de 2005 y el formato no guarda similitud con los estudios de conveniencia y oportunidad del proyecto secretario de educación de la época del contrato 814 de 2005, por lo que el mencionado registro fotográfico allegado en la etapa probatoria no puede generar duda sobre la materialidad de la conducta y la responsabilidad endilgada al procesado Julio Enrique Acosta Bernal”, dice el fallo condenatorio.