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JEP, al igual que cortes y juzgados, también suspende audiencias por coronavirus

La rama judicial congeló los términos de los procesos y prohibió las visitas en las prisiones. Pero la determinación no incluyó a todos los despachos judiciales y el inconformismo explotó ¿En qué consisten las medidas tomadas y qué tan insuficientes son?

16 de marzo de 2020

La pandemia del covid-19 afecta todo. La rama judicial, por supuesto, no está exenta. Todo lo contrario, una característica crítica del virus es el facilidad con que se transmite por lo que una medida urgente y acertada es reducir al máximo las interacciones entre personas. Pero precisamente en eso se basa el sistema oral judicial de Colombia: audiencias en estrechos recintos donde intervienen –con alegatos y traslado de elementos entre las partes– al menos una decena de personas en el más simple de los casos; y en los más complejos puede ser hasta un centenar incluyendo juez, secretario, fiscales, procuradores, abogados, auxiliares, víctimas, periodistas, peritos, técnicos y público en general. Ese modelo es exactamente todo lo que se debe evitar por estos días.

El Consejo Superior de la Judicatura, luego de la petición desde distintos sectores, expidió un acuerdo con el que congela los tiempos legales de los procesos, desde este lunes, 16 de marzo, y hasta el viernes 20 marzo. La medida a todas luces es provisional, insuficiente y tendrá que ser ampliada.

Además exceptúa “los despachos judiciales que cumplen la función de control de garantías y los despachos penales de conocimiento que tengan programadas audiencias con detenidos, las cuales se podrán  realizar virtualmente”. La medida tampoco cubre los términos de las acciones de tutela.

Pero la medida de inmediato generó tensión y rechazo. Los funcionarios de los juzgados penales de Bogotá produjeron un comunicado en el que dicen estar siendo discriminados dado que la disposición no los cobija. Y en reacción a ello "como jueces constitucionales y seres de familiar" decidieron adoptar una determinación severa: cerrar de todos los despachos por el mismo periodos "Esta medida implica el cierre de todos los procesos y actuaciones constitucionales a nuestro cargo. La medida incluye cualquier gestión o trámite virtual".

Las cárceles en alerta

De otra parte, el Ministerio de Justicia en coordinación con el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) estableció una serie de acciones para proteger del contagio con Covid-19 a los presos, guardias y administradores de las distintas cárceles del país. La primer medida es desplegar brigadas médicas que implementen protocolos para verificar las condiciones de salud de quienes ingresen a los centros penitenciarios. Dicho protocolo consiste en una encuesta y chequeo de temperatura.

Así mismo, se facilitaran las herramientas administrativas para adquirir elementos de aseo como gel antibacterial y jabón a fin de garantizar el adecuado lavado y limpieza de manos. La distribución de dichos elementos se hará de forma priorizada, en principio en los establecimientos en los que se presente mayor riesgo de contagio. El Minjusticia asegura que "se garantiza la disponibilidad de medicamentos como analgésicos, antiinflamatorios y antihistamínicos en todos los establecimientos, y su entrega será constante".

Se iniciará, además, dentro de los centros de reclusión un plan para identificar aquellas personas con riesgos potenciales. En virtud de esas medidas el gobierno nacional prohibió la visita a las cárceles. "Solicitamos la solidaridad de los familiares de las personas privadas de la libertad para que utilicen medios virtuales y tecnológicos y limiten sus visitas", dijo la ministra Margarita Cabello Blanco, quien explicó que esta medida se toma por diez días y está sujeta de una eventual prolongación según el desarrollo del fenómeno en el país. 

La JEP se suma a las medidas de precaución

La Jurisdicción Especial para la Paz ordenó la suspensión de audiencias y términos judiciales entre el 16 y el 20 de marzo de 2020 en Bogotá y en el resto del país. Sin embargo, esta suspensión no aplica para los trámites de Habeas Corpus. "El Órgano de Gobierno de la JEP, mediante Acuerdo AOG No. 009 de 16 de marzo de 2020, también autorizó a la Presidenta y a la Secretaria Ejecutiva para que adopten todas las medidas de contención del contagio y propagación del COVID -19, que hacia el futuro sean necesarias".