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La Corte busca eliminar las barreras de acceso y las trabas que el sistema ha creado para acceder a los servicios de salud. Ahora el el ministro de Protección, Diego Palacio, tiene la posibilidad de enderezar el sistema de salud

Salud

Remedio saludable

El fallo de la Corte Constitucional transformará el sistema de salud para bien, si el gobierno y las empresas del sector lo cumplen a cabalidad.

30 de agosto de 2008

Tras muchos años de re-visar y revisar algunos de los cientos de miles de tutelas que los colombianos han tenido que interponer para recibir los tratamientos, medicamentos y procedimientos de salud que requieren, la Corte Constitucional decidió metérsele de lleno al problema y buscar soluciones de fondo.

Por eso, tras dos años de estudios y trabajos, expidió la semana pasada una histórica sentencia que, basada en la revisión de 22 tutelas, cortaría de raíz las barreras que están impidiendo el acceso a la salud de los colombianos. Además, enderezaría los numerosos problemas que han aparecido en los 15 años que lleva funcionando el actual sistema de salud.

En una sentencia de 411 páginas expedida la semana pasada, la sala Segunda de Revisión de la Corte, integrada por los magistrados Manuel José Cepeda, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, sentó jurisprudencia al determinar de manera clara que “la salud es un derecho fundamental”, y no un derecho de segunda generación, lo que significa que debe ser garantizado a todas las personas.

Y para evitar que este derecho siga siendo vulnerado, como a diario se ve en los hospitales, clínicas, EPS y ARS, la Corte constató las fallas en regulación y control que han tenido el Ministerio de la Protección Social, el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y la Superintendencia del ramo. Además, impartió órdenes al Estado, al igual que lo había hecho en el caso de los desplazados, encaminadas a asegurar que en adelante se proteja de manera efectiva el derecho a la salud.

La Corte ordenó al Estado que a 2010 los cuatro millones de colombianos que están por fuera del sistema de salud deberán ser incluidos a través de una EPS o una ARS, lo que crearía el primer sistema de aseguramiento universal del país. De igual forma determinó que el Estado debe equiparar el Plan Obligatorio de Salud (POS) que reciben las personas que están en el régimen subsidiado –en su gran mayoría de escasos recursos– con el que reciben las personas trabajadoras y con mayor capacidad de pago, que están en el Régimen Contributivo.

Esto implica que el Ministerio de la Protección Social deberá presentarle a la Corte el plan de cómo unificará el plan. Lo único claro es que antes del 1 de octubbre de 2009, todos los niños del país, sin importar su condición social, deberán tener los mismos servicios y beneficios.

Estos y los demás cambios exigidos por la Corte valdrán unos seis billones de pesos que, según el ministro, Diego Palacio, no implican necesariamente más aportes o impuestos, sino racionalización del gasto y aceleración de flujo de recursos. “Lo importante es que acatamos y apoyamos el fallo de la Corte, en el que vemos una grandísima oportunidad para corregir los problemas que hay en el sistema”.

Si bien actualmente hay varios POS, son pocos los colombianos que saben a qué tienen derecho, por lo que continuamente se ven obligados a pagar por los servicios, a reclamar y, como si fuera un trámite normal, a entablar una tutela. Precisamente para evitar que estas acciones judiciales se usen como un requisito administrativo y no como una excepción, la Corte estableció que el Ministerio deberá expedir y actualizar un catálogo en el que estén contenidos todos los beneficios a los que una persona tiene derecho.

“Es increíble que la mitad de las tutelas de salud que interponen los colombianos son tratamientos, procedimientos o medicamentos que están en el Plan Obligatorio de Salud, pero por alguna razón las entidades no las prestan a sus usuarios y las autoridades hacen nada o muy poco para exigir su prestación. Eso hizo que la tutela se convirtiera en un requisito para prestar el servicio y en una especie de factura para cobrarlo ante el Fosyga, que administra los recursos de la salud”, dijo el magistrado Manuel José Cepeda, ponente de la sentencia.

Esto ocurre porque el actual POS es confuso, muy restrictivo y viejo, ya que fue diseñado en 1994 y no incluye muchos de los avances que han aparecido en la medicina. Ese vacío se ha prestado para que todas las entidades se hicieran las locas a la hora de atender a un paciente con cáncer, insuficiencia renal, sida o diabetes, que exigen tratamientos muy costosos.

Esta perversa cadena, que causa traumatismo, dolor y hasta la muerte de muchos pacientes por tener que esperar a que un juez ordene una cirugía, un medicamento o un tratamiento, espera ser rota por la Corte al darles a los Comités Técnicos Científicos, que actualmente tienen las EPS y ARS, la potestad de aprobar procedimientos y elementos que estén por fuera del POS. Así la tutela se convierte nuevamente en un mecanismo excepcional.

Necesariamente el fallo obliga redefinir el POS en términos de patologías, es decir, que el Comité Técnico Científico tenga una guía clara sobre los procedimientos y medicamentos correspondientes a cada enfermedad. Para el mes de octubre empieza el estudio de las patologías que irían en la lista, que contempla en primera medida a la diabetes. La totalidad de las patologías debe estar lista para diciembre de 2009.

Y como sin finanzas no hay sistema, la Corte conminó al Estado para que agilice el pago de los 400.000 millones de pesos que el Fosyga le debe a las EPS y que crea además un mecanismo eficiente. “Actualmente las EPS están en una complicada situación económica y algunas están al borde de la quiebra. Por eso creemos que la sentencia es tan profunda, que necesariamente le pondrá orden al sistema y hará que entre en una segunda etapa”, dijo Juan Manuel Díaz-granados, presidente de Acemi, que agremia a las EPS y las prepagadas del país.

Si bien esta es una advertencia que han hecho desde muchos años, es claro que en la redefinición del POS por enfermedades se debe hacer una revisión financiera de lo que está o no está cubierto.

“El fallo, que acierta en poner a las personas como el eje del sistema, tiene tres grandes riesgos. El primero es que se requiere una discusión y un acuerdo nacional sobre el plan de salud que debe tener el país, porque de lo contrario se podría terminar con uno ilimitado imposible de pagar. El segundo es que el Estado puede caer en una duplicidad en el gasto, al subsidiar al mismo tiempo a los pobres y a los hospirales. Y el último es cómo mantener la fortaleza del égimen constributivo, que en útimas soporta el sistema de salud”, dijo José Fernando Cardona, profesor de la Universidad Javeriana y ex secretario de salud de Bogotá.

Precisamente los retos exigentes que pone la Corte son una oportunidad para reordenar el sistema de salud y llevar a que cada actor asuma con seriedad sus obligaciones, especialmente el Estado, que es el que más cambios le ha hecho para dilatar su cumplimiento, sobre todo en materia financiera. De hecho, más de 1,5 billones de pesos de la salud están invertidos en TES y no en la salud de los niños.

En definitiva, con su sentencia, la Corte allanó el camino para que el sistema se corrija y entre en una etapa que, de cumplirse, pondría a Colombia al mismo nivel de salud que los países desarrollados. Pero debe ser exigente con las metas y los plazos que puso, no vaya a ser que el remedio termine siendo peor que la enfermedad.