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El presidente Iván Duque escuchó el fallo de La Haya en compañía de varios funcionarios del Gobierno nacional. 21/04/2022.
El presidente Iván Duque escuchó el fallo de La Haya en compañía de varios funcionarios del Gobierno nacional. 21/04/2022. | Foto: Presidencia de la República

Fallo de La Haya

“Será una defensa sin colores políticos ni partidistas”, dice el presidente Duque sobre fallo de La Haya

El mandatario escuchó la lectura del fallo desde San Andrés, en compañía de varios integrantes del Gobierno nacional.

21 de abril de 2022

En un llamado a la unidad, el presidente Duque señaló que este es un tema que debe ser tratado por todos los colombianos sin importar las ideologías ni las afiliaciones políticas al tratarse de un asunto de soberanía. Desde la isla, Duque puso un mensaje a través de sus redes sociales para transmitir su idea.

“Nos encontramos en el Archipiélago histórico e indivisible de San Andrés. Escuchamos el fallo de la @CIJ_ICJ sobre el litigio limítrofe con Nicaragua. Reiteramos que en la defensa de los intereses de nuestro país no hay colores políticos ni partidistas, aquí todos somos Colombia”, dijo Duque.

El mandatario, en compañía de la vicepresidenta Marta Lucía Ramírez; varios ministros y el equipo jurídico de la Presidencia de la República, analizan detenidamente el fallo de La Haya para ofrecer una declaración a los colombianos sobre las medidas que se tomarán y para explicarles detalladamente el alcance de las decisiones tomadas.

Este jueves la Corte Internacional de Justicia de La Haya se pronunció para dar respuesta a una de las demandas que actualmente cursan en contra de Colombia frente a este tribunal, y que fueron interpuestas por Nicaragua el 26 de noviembre de 2013, en el marco del histórico diferendo fronterizo entre estos dos países, respecto al control de algunas de las aguas y territorios del Caribe.

La demanda sobre la que versa el fallo dado a conocer por parte del alto tribunal internacional responde a una denuncia de Nicaragua sobre el incumplimiento de Colombia a un fallo emitido por este mismo tribunal en 2012, en el que, pese a reconocer la soberanía colombiana sobre la totalidad de los territorio y las islas que componen el archipiélago de San Andrés, no dejaba clara la delimitación de los territorios marítimos, por lo que Colombia había seguido adelantando acciones de patrullaje (aéreo y marítimo) en virtud de la defensa de sus intereses nacionales, así como para la prevención de la ocurrencia de delitos relacionados con el tráfico de droga, y la defensa de los intereses y el derecho de pesca de sus comunidades raizales, a lo que se suma también la conservación de la reserva Seaflower.

“Se dice que Colombia muchas veces dirigió sus fragatas y elementos militares hacia la milicia nicaragüense y esto afectó los mares nicaragüenses”, se lee en uno de los apartes de la sentencia, en la que se recogen algunos de los argumentos expuestos por el país centroamericano.

Sobre lo anterior, el fallo presentado este jueves determinó la condena del Estado colombiano en una decisión marcada por una votación de 14 votos a favor y uno en contra, tras considerar varios aspectos que fueron expuestos durante la lectura.

“La conducta de Colombia va en contra de las normas internacionales”

Durante la exposición del caso, la corte explicó que analizó el material probatorio expuesto por las partes, advirtiendo que, tras el estudio de la pruebas presentadas por Nicaragua respecto a los incidentes en los que Colombia violó su soberanía, y estimando que algunas de ellas “parecen preparadas para este caso”, decidió desestimarlas, añadiendo que por el contrario, las expuestas en su comparecencia por Colombia, “tienen valores probatorios”, señalando que Nicaragua “no ha podido demostrar sus alegaciones”.

No obstante, la Corte también determinó que basados en las evidencias pudo concluir que “la conducta de Colombia va en contra de las normas internacionales”, afirmando que Colombia no solo ejerció labores de preservación en los territorios marítimos, sino que también desarrolló labores de control de pesca en algunos sectores de la Zona Económica Exclusiva de Nicaragua, señalando que los argumentos presentados por Colombia “no justifican su conducta”.

Durante su exposición de argumentos, la Corte también señaló que Colombia ha violado su obligación internacional de respetar los derechos de Nicaragua sobre su jurisdicción en la Zona Económica Exclusiva, afirmando que la demanda de Nicaragua es admisible. No obstante, también apuntó que ese país no ha podido demostrar que Colombia sigue patrullando en su Zona Económica Exclusiva.

En la exposición de evidencias de la Corte, esta señala tres aspectos que sustentan la violación de las normas internacionales por parte de Colombia, afirmando que además de interferir con las actividad científicas y de pesca de parte de Nicaragua, también lo hizo con la operación de las embarcaciones pesqueras de ese país, añadiendo que el Estado colombiano se amparó en el ejercicio de imponer acciones de conservación, pero excedió sus competencias al autorizar actividades de pesca en la ZEE de Nicaragua.