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SANCIONES

¿Qué le puede pasar si viola la cuarentena por el coronavirus?

Las sanciones podrían ir desde 4 a 8 años de cárcel, según el Código Penal Colombiano. Estos son los casos que podrían aplicar.

20 de marzo de 2020

Las medidas tomadas por el Gobierno Nacional y los gobiernos territoriales para evitar la propagación del coronavirus en Colombia son serias y tienen consecuencias legales, en caso de no cumplirse.

Así lo han dicho desde la Alcaldía Mayor de Bogotá y la Fiscalía General de la Nación. De hecho, esta última ya registra dos personas judicializadas por la presunta violación de la cuarentena debida.

El caso más reciente se dio en Valledupar, donde una ciudadana colombiana, que llegó el pasado 18 de marzo de Estados Unidos (a El Dorado, en Bogotá), debía someterse al aislamiento obligatorio durante 14 días.

No obstante, habría desacatado esta orden, al haber viajado a la capital del Cesar, donde se hospedó en un hotel. Finalmente, en su judicialización, un juez le dictó la medida de casa por cárcel.

Más allá de este caso, la Fiscalía recordó que el delito de violación de medidas sanitarias contempla una pena de entre 4 y 8 años de prisión, según el artículo 368 del Código Penal.

Según ha dicho el Distrito, las personas que violen el simulacro de aislamiento obligatorio, eventualmente, también podrían ser judicializados por este delito, aunque primero se les podría imponer sanciones pedagógicas o monetarias. 

De otro lado, la personas que voluntariamente (con dolo) propague la epidemia podrá recibir penas de prisión de hasta 10 años, de acuerdo con el artículo 369.