Hasta este jueves podrá seguir ocupando su curul el representante a la Cámara Afro Moisés Orozco, luego de que el Consejo de Estado declaró nula su elección como parlamentario por la circunscripción afro.Según la Sección Quinta del alto tribunal, la Fundación Ébano de Colombia (Funeco) no podía haberle otorgado válidamente el aval que le concedió como candidato por esa circunscripción.Le puede interesar: Fallo ordena a representantes afro entregar sus curulesDesde cuando ocupó su curul como congresista afro, Moisés Orozco fue cuestionado por que se le consideraba no representativo para esa comunidad. La misma falta de representatividad se le atribuía a su fallecida excolega María del Socorro Bustamante.Los detractores de los dos políticos llevaban años instaurando acciones judiciales para lograr que los dirigentes dejaran sus curules, incluyendo demandas de nulidad de su elección y acciones de tutela.También puede leer: María del Socorro Bustamante y Moisés Orozco deben dejar nuevamente las curulesHace dos años estuvieron a punto de lograr su cometido, cuando el Consejo Superior de la Judicatura suspendió la elección de ambos congresistas, mientras el Consejo de Estado examinaba si su designación como parlamentarios era legal o no.Sin embargo, la Sección Quinta de ese mismo tribunal determinó que no era válido suspender la ocupación de estas curules antes de tomar una decisión definitiva, lo que les permitió a ambos legisladores hacerle el quite a la determinación.Mientras los consejeros seguían estudiando el caso, una enfermedad terminal segó la vida de la dirigente María del Socorro Bustamante, que terminó siendo reemplazada por Gustavo Rosado.Hace una semana, cuando el Consejo de Estado estaba próximo a tomar la decisión definitiva, el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá ordenó hacer efectiva la suspensión que había sido decretada dos años atrás.Este jueves el Consejo de Estado pareció ponerle punto final a la novela, pues decretó nula la elección de Orozco, pues encontró que el aval que le dio Funeco no lo validaba como representante afro.Le recomendamos: La novela por las dos curules afrodescendientes no se detieneSegún la sentencia, proyectada por Carlos Enrique Moreno, en los momentos en los que esta fundación autorizó la candidatura, en términos prácticos, no lo hizo representando una comunidad de base afro legalmente reconocida.Es decir, en ese momento Funeco no podía ser reconocida jurídicamente como representante de ese grupo étnico porque había perdido fuerza vinculante la resolución por medio de la cual el Ministerio del Interior habí declarado a la fundación como una comunidad de base.