Hace 300 años el galeón San José se hundió en alta mar porque piratas ingleses, intentando robar el millonario botín, dispararon a una santamaría que hizo volar el barco en pedazos con todas sus riquezas. Esta acción de guerra parece una metáfora de la batalla jurídica que en Colombia lleva 23 años por quién es el dueño del botín. Aunque el viento parece a favor después del hallazgo del galeón San José en aguas colombianas y, según lo ha dicho el gobierno colombiano, por fuera de las coordenadas que la firma ‘cazatesoros’ Sea Search de manera confidencial tenía consignadas, otro desenlace está por llegar en el Consejo de Estado.Le recomendamos: La increíble pelea judicial sobre el Galeón San JoséPara los expertos e historiadores, la decisión que pueda tomar esa alta corte es el fin de un interminable pleito, no definitivo pero sí importante en lo que se viene cuando el tesoro sumergido salga a flote. La batalla judicial es casi tan truculenta como lo es la historia de buscadores del oro. Y para fallar, la Sala Plena tendrá que recoger los pedazos de jurisprudencia que cada uno de los jueces que tuvo el caso intentó sin éxito dejar. El 3 de junio de 1982, el director Marítimo y Portuario firmó la resolución en la que reconoció el carácter de denunciante a la firma ‘cazatesoros’ Glocca Morra, hoy Sea Search. En voz del denunciante, el profesor de la Universidad Nacional Antonio José Rengifo, esta concesión abrió el boquete para “un pleito inmarcesible”.

Lo que la escueta resolución dice es que concede el carácter de denunciante a la firma estadounidense con base a un reporte de carácter confidencial del 26 de febrero de 1982, en donde los ‘cazatesoros’ denunciaban el hallazgo de un tesoro o especie náufraga en el mar caribe colombiano. El 6 de julio de 1994 fue Sea Search la que instauró la primera demanda ante el Juzgado 10 Civil de Barranquilla, con el fin de obtener el 100 % de las riquezas del Galeón si era encontrado en la plataforma continental; o el 50 % si estaba en mar territorial. En decisión confirmada por el Tribunal Superior de Barranquilla, se le reconoció a Sea Search el 50 % sobre los bienes encontrados en las coordenadas en el reporte confidencial.Puede leer: "¡Hay que rescatar al galeón San José!"El caso llegó vía casación ante la Corte Suprema de Justicia, que en el 2007, basada en el Código Civil, falló lo que hasta ahora era conocida como la sentencia de cierre en la guerra con Sea Search. Este tribunal indicó que la firma ‘cazatesoros’ tenía la propiedad del 50 por ciento del tesoro, más no de lo que fuera patrimonio cultural.Sin embargo, al revolcar el expediente, aparece una honda discusión al interior de la Sala Civil de la Corte que tendrá que ser revivida por el Consejo de Estado. Un salvamento de voto del magistrado Edgardo Villamil Portilla advirtió a sus colegas que la Corte Suprema no se podía pronunciar sobre cómo repartir el botín del San José desatendiendo que sobre la legalidad de la resolución administrativa que emitió la Dimar pesaba otro proceso en la justicia. Sin embargo, los magistrados, aplicando la presunción de legalidad del Acto Administrativo, procedieron a fallar. Este mismo interrogante persiste en las quejas del profesor Rengifo, también doctor en derecho del mar de la Universidad de Londres; él, motivado por la dudosa forma en que se entregaron los títulos de un tesoro de más de 10.000 millones de dólares a Sea Search, decidió interponer la acción popular en el 2002. Rengifo asegura en su demanda que se vulneraron los derechos de los colombianos a la moralidad administrativa, a la defensa del patrimonio público de Colombia y a la defensa cultural de la Nación al concederle el reconocimiento de “denunciante de tesoros o especies náufragas” a Glocca Morra.

En consecuencia, pide que se declaren sin efectos las Resoluciones 148 y 354 de 1982 expedidas por la Dimar, al considerar que la firma estadounidense no denunció en debida forma con coordenadas precisas el galeón, ni tampoco el hallazgo de cualquier otro naufragio de importancia histórica o especie náufraga yaciente en las aguas del caribe colombiano. Para él hubo un irrespeto el debido proceso por la violación a reconocidos principios del derecho internacional y a la legislación interna colombiana. Le recomendamos: "El tesoro del San José"El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del magistrado Hugo Bastidas (hoy consejero de Estado), no solamente encontró que los títulos eran inconstitucionales sino que ordenó anular las decisiones de los jueces de Barranquilla que le concedieron a Sea Search el 50 % de lo encontrado en el buque.Lo que el Tribunal encontró es que es incompatible y violatorio de la Constitución que se pretenda dar un reconocimiento de la propiedad privada de bienes que representarían patrimonio cultural de la Nación. La ley, dice la Sala, no permite la consolidación de derechos propiedad privada sobre objetos, elementos, cosas que conformen especies náufragas de valor histórico, arqueológico o cultural. Y por tanto Sea Search no pueden ser propietaria de las especies náufragas de valor cultural, debido al artículo 72 de la Constitución dice que el patrimonio cultural de la Nación, que incluye el sumergido, es inalienable, imprescriptible e inembargable. La decisión que se dio en el 2004 fue apelada y el Consejo de Estado declaró la nulidad de lo actuado porque no se vinculó ni al Juez Civil del Circuito y ni Tribunal de Barranquilla, quienes fallaron a favor de los ‘cazatesoros’. Esta nulidad y la creación de los juzgados administrativos de Bogotá retrasaron el proceso judicial al menos cinco años. La revisión de la acción popular no pudo quedar en manos del mismo Tribunal y termina siendo resuelta por el Juzgado 16 Administrativo de Bogotá en junio del 2009. Este juzgado reconoce que hay un derecho colectivo vulnerado, sin embargo, indica que la amenaza sobre el mismo cesó con la a sentencia de la Corte Suprema de Justicia. La decisión fue revisada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca que en el 2011 decidió, de un lado confirmar el cese de la violación al derecho colectivo, pero de otro considera que no procede la acción popular contra providencias judiciales. Dice además que los derechos a la moralidad administrativa y patrimonio cultural, no estaban previstos antes de la Constitución de 1991. Es así como Rengifo, apoyado por el Ministerio de Cultura, solicita la revisión eventual de la sentencia del 26 de mayo del 2011 en el Consejo de Estado. Un año, después esta solicitud es aceptada por el alto tribunal, sin embargo, el cambio de magistrados y los impedimentos han dilatado la decisión. Con la decisión de subirlo a Sala Plena, se podría creer que el proceso que lleva años en los tribunales entró en su recta final. Pero lo cierto es que, llegar a una decisión definitiva en una Sala de 27 magistrados ha tardado años en otros casos, por lo que el rescate de parte del magistrado ponente, William Hernández, de uno de los casos históricos para Colombia, apenas comienza.