El caso de Jesús Santrich en la justicia colombiana no deja de dar tumbos. Cuando el país no sale de la sorpresa por el operativo de recaptura en la salida de la cárcel La Picota de Bogotá y su posterior traslado en helicóptero al búnker de la Fiscalía, una nueva decisión cambia el rumbo de los acontecimientos. Ahora, la Corte Suprema de Justicia ordenó su libertad inmediata al asumir que es este tribunal el competente para procesarlo penalmente y no un juzgado de Paloquemao. Le recomendamos: Video de Santrich: cinco puntos para entender sus dudas y sus certezas La decisión le da la razón a los abogados de Santrich, que reclaman que el exjefe guerrillero tiene fuero de congresista pese a que por estar privado de la libertad en razón a una solicitud de extradición no se había podido posesionar en el Congreso.   "La condición de aforado de la que habla el artículo 186 de la Constitución inicia con el reconocimiento por parte de la autoridad competente y no con el ejercicio de las funciones que se derivan de la posesión en el cargo". La decisión, cuyo ponente fue el magistrado Eugenio Fernández Carlier, ata dos hechos: primero, dice que el Consejo Nacional Electoral reconoció el nombramiento de Seuxis Paucias Hernández Solarte como congresista. Y segundo, que el Consejo de Estado ratificó que tiene "investidura" al negar la muerte política por no posesionarse en la fecha indicada (debido a razones de fuerza mayor). Así las cosas, concluyen, que la condición de aforado de la que habla el artículo 186 de la Constitución inicia con el reconocimiento por parte de la autoridad competente y no con el ejercicio de las funciones que se derivan de la posesión en el cargo. Puede interesarle: Santrich llega a Paloquemao y otras 10 imágenes para entender su caso "Se desconocería la dignidad del cargo que la persona conlleva al permitir que autoridades diferentes a la Corte Suprema de Justicia puedan investigarlo, juzgarlo o afectarlo con medidas restrictivas de la libertad, sin importar que las conductas que se le atribuyan no tengan relación alguna con las funciones", dice la decisión. Los magistrados de manera unánime dispusieron del traslado del expediente por narcotráfico a la Sala de Instrucción de la Corte Suprema. "El fuero no es un privilegio personal sino busca el amparo de la investidura", manifestó la corte. En consecuencia, la corte declaró que el juez de control de garantías de Bogotá que ordenó la captura de Santrich dentro de un proceso por nacotráfico no tenía la competencia para hacerlo. Tampoco podía proceder a la legalización del operativo, el cual se realizó en la clínica Méderi de Bogotá por cuenta de los problemas de salud de Santrich.  Le sugerimos: Caso Santrich: ¿Qué es lo que está pasando? "Sería entonces contrario a los derechos fundamentales del aforado constitucional mantenerlo privado de la libertad, cuando aquellos se han desconocido. Por eso, se impone otorgarle la libertad. Esta decisión es una de las manifestaciones del control constitucional que tienen que ejercer todos los administradores de justicia”, dice la corte. Ahora será una sala de instrucción la llamada a evaluar el expediente que contiene las nuevas evidencias que comprometen al exlíder de las Farc y después determine si es suficiente o no para enviarlo otra vez a prisión. El recién abierto proceso contra Santrich cuenta con las declaraciones que entregó a la justicia colombiana Marlon Marín, sobrino de Iván Márquez, quien ahora funge como testigo protegido de Estados Unidos. Su testimonio lo rindió a fiscales colombianos ante la inminente libertad de Santrich, ordenada por la Justicia Especial para la Paz, que también está revisando si el procedimiento adoptado fue el adecuado. Marín avanza en una negociación con miras a su inmunidad penal por delitos cometidos en Colombia.  En contexto: Corte Suprema deberá decidir si tiene competencia en el caso Santrich Tras conocerse la decisión, la Procuraduría le solicitó a la Sala de Instrucción de la corte que ordene la captura de Hernández Solarte para que sea escuchado en indagatoria por los presuntos delitos de concierto para delinquir con fines de narcotráfico y tráfico, fabricación o porte de estupefacientes agravado. También insistió en el traslado de las pruebas que tiene la Fiscalía contra Santrich por los presuntos actos cometidos después del 1 de diciembre de 2016. Este es un nuevo capítulo en el largo camino culebrero que le falta por recorrer al caso de Santrich, el primer excombatiente que quedó en la mitad de tres jurisdicciones: la de Estados Unidos que lo requiere en extradición, la justicia colombiana y la Justicia Especial para la Paz.