No paran los pronunciamientos del presidente Iván Duque sobre la determinación judicial que amparó los derechos de los adultos mayores en Colombia ante las medidas de aislamiento que ordenó el Gobierno, frente a la amenaza creciente de la pandemia del coronavirus. En esta oportunidad, el jefe de Estado, en su habitual programa que lidera en la Casa de Nariño, dio a conocer que las autoridades de salud no van a “borrar con el codo lo que se ha hecho con la mano”, sobre la protección de los adultos mayores en medio de la emergencia de salubridad por la covid-19.

“Cuando tenemos a ese ser querido mayor de 70 años en la casa, cuando lleguemos, debemos lavarnos las manos, no darle abrazo, besos; se debe utilizar siempre el tapabocas para protegerlo y cuidarlo de esta enfermedad; si tenemos que llevarle alimento, lavarnos muy bien las manos”, sostuvo Duque. Así mismo, en su intervención el mandatario recordó que las directrices que ha impartido sobre esa población de adultos mayores son para garantizar el derecho más valioso, el de la vida. “Debemos entender que la aplicación de medidas de bioseguridad es para que sepan que no estamos discriminando a nadie, ni afectando a nadie, ni mucho menos menospreciando sus derechos”, recalcó. Y agregó en su declaración: “Lo que Colombia ha alcanzado en bajas muertes por millón de habitantes no lo vamos a perder. Por un fallo no podemos borrar con el codo lo que hemos hecho con la mano, avanzando positivamente en la protección de los adultos mayores. Además, el presidente Duque señaló que inició la preparación de la apelación al fallo de tutela que ganó el movimiento de la “rebelión de las canas”, en el cual el Gobierno debe definir una serie de lineamientos para garantizar que los adultos mayores puedan salir de la casa a ciertas horas y para la práctica de actividades físicas.

El fallo de tutela ordena a su vez al presidente de la República y a la ministra del Interior, Alicia Victoria Arango Olmos, "que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta providencia debe (...) expedir el acto administrativo mediante el cual otorga el tiempo para ejercicio físico en exteriores de los adultos mayores de 70 años". Todo esto, previo consenso con los aquí accionantes, con el Instituto para el Envejecimiento de la Facultad de Medicina de la Pontificia Universidad Javeriana, el Instituto Nacional de Salud, la Asociación Colombiana de Gerontología y Geriatría y la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas.