Bogotá.- El Gobierno Nacional estableció los contingentes anuales que regirán entre el primero de diciembre de este año y el 30 de noviembre de 2007, para la importación de maíz amarillo, maíz blanco y fríjol soya, procedentes y originarios de países distintos a los de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Dichos volúmenes fueron fijados mediante el Decreto 3927 de noviembre de 2006, a través del cual también quedaron establecidos los aranceles intracuota y extracuota para la importación de estos productos, en desarrollo del Mecanismo Público de Administración de Contingentes Agropecuarios (MAC), para el año entrante. El arancel intracuota será establecido dependiendo del arancel total que arroje la aplicación del Sistema Andino de Franjas de Precios (SAFP) y con base en una deducción de hasta 10 puntos porcentuales en el arancel extracuota de los productos en mención. Entre tanto, el arancel extracuota se aplicará de la siguiente forma: Las importaciones extracuota de maíz amarillo y fríjol soya pagarán el mayor arancel entre 5 por ciento y el arancel total que resulte de aplicar el Sistema Andino de Franjas de Precios. Las importaciones de maíz blanco pagarán un arancel extracuota de 45 por ciento, hasta el 30 de noviembre del próximo año. AP