Si una persona planea cambiar de fondo de pensiones, es clave la doble asesoría, que se ha convertido en una herramienta con la que cuentan los afiliados al Sistema General de Pensiones para definir su futuro pensional.

Es que, además, tanto los fondos privados como el régimen público están obligados a brindarles a sus afiliados información precisa e imparcial para que puedan tomar decisiones informadas sobre qué sistema pensional les conviene más, en aras de tener una vejez con bienestar.

La doble asesoría surgió tras un estudio que realizó el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en 2013, en el cual se concluyó que el 95% de las personas que se trasladaron de un Fondo Privado al Fondo Público tomaron una mala decisión.

Si la persona cambia de opinión respecto al cambio de fondo o entidad administradora de pensiones, cuenta con 5 días hábiles para retractarse de la decisión inicial.

De acuerdo con un informe de Porvenir, el afiliado debe solicitar cita con los dos fondos, al que se quiere trasladar y en el que está actualmente. Tanto el régimen público como los fondos privados ofrecen la alternativa de realizar este trámite virtualmente, telefónicamente o en las oficinas correspondientes.

Edad e información

En cuanto a la edad ideal para realizase la doble asesoría, en hombres entre 50 y 51 años o mujeres entre 45 y 46 años. Es decir, cuando falten 12 o 11 años para la edad de pensión, respectivamente.

Cuando una mujer cumple 47 años o un hombre 52 años, ya no es posible cambiarse de régimen pensional.

Tanto el régimen público como los fondos privados ofrecen la alternativa de realizar este trámite virtualmente, telefónicamente o en las oficinas correspondientes. | Foto: Abel Mitja Varela

En la doble asesoría deben brindarle información como el beneficio pensional que obtendrá a edad de pensión, según cálculos estimados partiendo de la situación actual de la persona y lo que sucederá en los próximos 10 años para llegar a la edad de pensión.

Además, simulaciones con diferentes densidades de cotización y para ello es indispensable analizar la estabilidad laboral a futuro; valores estimados del beneficio pensional a recibir y también se deben dar a conocer otros mecanismos de protección a la vejez vigentes dentro de la legislación, como son la pensión familiar, acceso a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS), pensión por convenio internacional.

Las condiciones

Además, los trabajadores pueden trasladarse entre fondos de pensiones, siempre y cuando se cumplan algunas condiciones establecidas en la Ley.

Por ejemplo, si el traslado es entre el fondo público y uno privado, este cambio se puede realizar cada cinco años. Adicionalmente, las personas deben estar a más de 10 años para la edad de pensión; si el traslado es entre fondos privados, se puede hacer cada seis meses.

Los fondos vienen pensionando a una tasa anual de cerca de 20%.

No hay que olvidar que la edad límite para trasladarse de régimen pensional es 47 años de edad, para el caso de las mujeres, y 52 años de edad, para el caso de los hombres.

Si la persona cambia de opinión respecto al cambio de fondo o entidad administradora de pensiones, cuenta con 5 días hábiles para retractarse de la decisión inicial.

Hay que tener en cuenta que la dinámica que traían los fondos de pensiones propiedad de los trabajadores, durante años previos a 2022, se vio afectada durante buena parte del año.

Es que este ciclo, marcado por fuertes volatilidades e incertidumbre en los mercados, perturbó a la mayoría de economías debido a conflictos geopolíticos (Rusia y Ucrania), inflaciones en niveles históricos y altas tasas de interés que produjeron desvalorizaciones en una amplia gama de activos financieros en todas las latitudes.

Santiago Montenegro Trujillo, presidente de Asofondos, asociación que agrupa a Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia, aseveró que “el entorno de incertidumbre afectó no solo el desempeño de los mercados de países desarrollados, sino también de los emergentes y Colombia no fue la excepción”.

También dijo que “es importante destacar que los fondos vienen pensionando a una tasa anual de cerca de 20%, mientras Colpensiones lo hace a un ritmo del 4%, lo que quiere decir que por cada 100 pensionados que hay en los fondos, este año habrá 20 más, en total 120, mientras que en Colpensiones habrá cuatro más, es decir, 104″.