La nueva reglamentación busca aminorar la demora en la entrega de dictámenes sobre accidentalidad laboral a cargo de las Juntas Calificadoras de accidentalidad laboral. A partir de la expedición del decreto 1352 de 2013, las juntas estarán adscritas al Ministerio del Trabajo. Adicionalmente, el Ministerio del Trabajo establecerá un nuevo cargo, el de Director Administrativo y Financiero, para acelerar los procesos y permitir que los evaluadores se concentren en el análisis de los casos de accidentalidad y enfermedad laboral. También reforzará la Comisión técnica de apoyo encargada de asistir cuando sea necesario a los evaluadores a través de conceptos médicos. A este grupo de profesionales les han sido asignadas unas funciones y responsabilidades específicas dentro del proceso de evaluación. Todas las juntas deben llevar un directorio de profesionales o entidades interconsultores independientes de las instituciones de seguridad social relacionadas con el caso sobre el cual se va a emitir el dictamen, a quienes se les solicitará la práctica de exámenes complementarios o valoraciones especializadas. Otro giro es que las Juntas Calificadoras tendrán Personería Jurídica y estarán adscritas al Ministerio del Trabajo por disposición del Gobierno Nacional. Agregó, que esto permitirá tener un control sobre su funcionamiento y bajo lo cual la Ley indica que se debe expedir una reglamentación. En tal sentido, se estableció la competencia de las sanciones por parte del Ministerio del Trabajo, la Contraloría y la Procuraduría General de la Nación sobre las Juntas de Calificación. Las multas impuestas por la cartera laboral podrán ser desde uno hasta 100 salarios mínimos legales vigentes.