En reunión regular con el grupo de participantes en el Programa de Creadores de Mercado para títulos de deuda pública, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público anunció las reglas para determinar los Títulos de Tesorería (TES) Clase B denominados en pesos y Unidades de Valor Real (UVR) que serán parte del esquema de cotización obligatoria. Estas reglas fueron acordadas con los participantes en el Programa de Creadores de Mercado y podrán ser modificadas de común acuerdo. Así, las reglas para títulos TES de cotización obligatoria de cada vigencia aplican para:  TES en colocación de la vigencia en curso  TES que en la vigencia anterior estuvieron en colocación  Referencia TES Tasa Fija en pesos con plazo al vencimiento de 3-4 años  Referencia TES Tasa Fija en pesos con plazo al vencimiento de 2 años Adicionalmente, Ningún título podrá tener vencimiento menor a un año El número mínimo de referencias será de 10 títulos Las referencias nuevas serán de cotización obligatoria una vez hayan alcanzado un valor emitido a través de subastas, previamente acordado entre el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y los participantes en el Programa de Creadores de Mercado

De esta manera, los títulos TES de cotización obligatoria para la vigencia 2014 son: