La sentencia se profirió a raíz del caso de un ciudadano danés que acudió a los tribunales tras ser despedido debido a que pesaba más de 160 kilos. De acuerdo con el Tribunal de Justicia europeo si el trabajador tiene una movilidad reducida y debido a ella no puede realizar su trabajo con facilidad, debe considerársele incapacitado. De esa manera, pese a no dar un veredicto definitivo, la Corte consideró que si se despide a una persona por su obesidad se estaría incurriendo en un caso de discriminación. Sin embargo, “el derecho de la Unión (sindical) no consagra como tal un principio general de no discriminación por razón de obesidad en el ámbito del empleo”, sentenció el tribunal. Ahora la justicia debe encargarse de determinar hasta qué punto fue esta o no la motivación de su salida y si hay espacio para el reclamo económico exigido. Más de 1.500 millones de personas en el mundo (alrededor de una sexta parte de la población) sufren de obesidad.