De ahora en adelante, los consumidores tendrán más mecanismos de defensa ante posibles abusos que cometan los comercializadores de productos, tras la entrada en vigencia del nuevo estatuto. Se trata de una actualización del estatuto creado hace más de 30 años, al que fueron incluidos aspectos como la telefonía celular y las ventas electrónicas, que antes no existían (ver recuadro). Pero, como en toda ley, hay quienes se declaran ganadores y quienes creen que pierden, teniendo en cuenta que ahora habrá reglas más estrictas. Lo bueno: “se acabaron los asteriscos” Ariel Armel, presidente de la Confederación Colombiana de Consumidores, expresó que lo más destacable de la nueva ley es que “se acaban los asteriscos y las frases de doble sentido, todo debe ser expreso y no puede haber condiciones secretas para los consumidores”. Según el dirigente gremial, uno de los puntos sustanciales de la actualización del código tiene que ver con el derecho de retracto, es decir, que “el usuario puede deshacer el negocio si se convence de que no le conviene. No hay lugar a que los consumidores se beneficien más de la cuenta, ya que establece un plazo máximo de cinco días y el usuario debe devolver el producto tal cual se lo dieron”. Una de las consecuencias que podría traer la entrada en vigencia de la norma, es que, dando cumplimiento a la misma, se reduzcan las quejas por fallas en la prestación de servicios. Hay dos entidades que reciben quejas: la Superindustria y la Confederación Colombiana de Consumidores. La CCC recibe en promedio 300 quejas diarias, de las cuales el 50% proviene de servicios públicos, el 25% de electrodomésticos, el 10% de vivienda, el 10% de vestuario y el resto por los demás servicios. Lo malo: ¿abuso de poder a la inversa? Si uno de los objetivos del nuevo Estatuto al Consumidor es garantizar el debido cumplimiento de los derechos de los usuarios, hay que tener en cuenta que los comerciantes también los tienen. El presidente de Fenalco, Guillermo Botero, dijo que la nueva ley “no tiene una carga equilibrada entre productor y comerciante”, ya que ante una queja del cliente, quien debe “poner la cara” es quien exhibe el producto. “Hay unos vicios que eventualmente tenga el producto y no tienen absolutamente nada que ver con el comerciante, que lo único que hizo fue poner el producto en su vitrina, pero su responsabilidad no puede ir más allá”, afirmó. Por su parte, Camilo Herrera, presidente de la firma Raddar, aseveró en una reciente columna de opinión en el diario La República que “la implementación de esta nueva ley puede llevar a casi el billón de pesos, entre sanciones, devoluciones y campañas de educación al consumidor”. El analista podría estar alertando sobre un posible mal uso del poder que recaerá sobre los consumidores, ya que por ejemplo, el simple hecho de retractarse de la compra de un producto $500.000 puede terminar en un proceso que involucre un pago final de $30 millones. Lo feo: faltó divulgación A pesar de que la Superintendencia de Industria y Comercio se esforzó al máximo por dar a conocer el nuevo estatuto, el común de la gente no está familiarizado con el tema. De hecho, el mismo experto Camilo Herrera, afirmó que el estatuto “toma desapercibida a más de una empresa y comercio en el país, e incluso al mismo Gobierno, que no ha dado señales de los decretos y normas que regulen esta ley”. El presidente de la Confederación de Consumidores dijo que el proyecto fue discutido con la industria, los gremios y en general, todos los actores.