Y es que el Banco de la República eliminó la condición de que los viajeros que salían fuera del país sólo podían llevar en efectivo hasta US$10.000. Como consecuencia, las personas que quieran salir al extranjera, podrán entrar o sacar del país un monto indeterminado de divisas, sin correr el riesgo de que sean incautadas por las autoridades, siempre y cuando estas se declaren y se pueda comprobar su origen legal. ¿Cómo? En primer lugar debe adquirir y diligenciar el formulario N. 530, con el cual se quiere dar nulidad a la utilización de compañías especializadas en el envío de valores cuando el monto sea superior a los US$10.000. Además debe recordar que si viaja de manera conjunta y tiene entre sí, vínculos de carácter civil, de consanguinidad o de afinidad con quienes viaja, podrá declarar en un único formulario (N.530) como grupo familiar el ingreso o la salida del país de la totalidad del dinero en efectivo o en títulos representativos de divisas que porten, cuando alguno de los miembros del grupo de viaje lleven cada uno un monto superior a diez mil dólares o su equivalente en otras monedas. Entregar el formulario a las autoridades correspondientes, incluso en el mismo lugar de abordaje, para la comprobación de legalidad. (sin embargo, la aprobación es casi instantánea, con lo que podrá viajar tranquilo). Cabe recordar que esta facilidad en la presentación de este formulario con fines cambiarios no se extiende a los controles de tipo aduanero aplicados a los equipajes que todo viajero debe declarar a su ingreso al país.