Muchas posibilidades se han barajado luego de que el presidente Iván Duque expidiera el decreto 601 de 2020 con el que abre la puerta para el sometimiento individual de integrantes de los Grupos Armados Organizados (GAO), dentro de los que se encuentran las disidencias de la extinta guerrilla de las Farc, en especial sobre los beneficios judiciales que se podrían aplicar. En ese sentido, los ex jefes de las Farc Iván Márquez y Jesús Santrich, ahora considerados disidencias, de someterse a la justicia en cumplimento del decreto expedido por el Gobierno, podrían gozar de un principio de oportunidad, el cual tiene que ver con el cese de toda acción penal por parte de las autoridades y también de una rebaja de pena o un preacuerdo, beneficio que en últimas definirá la Fiscalía, en cada caso en particular.

El Gobierno explicó que a los integrantes de los GAO, como son las disidencias de las Farc y en cuya categoría también entran la guerrilla del ELN, los Pelusos y el Clan del Golfo, entre otros, será la justicia ordinaria la que deberá juzgarlos. Asimismo, Miguel Ceballos alto comisionado de Paz, explicó que tipo de beneficios judiciales están contemplados en la justicia ordinaria para los GAO que se sometan individualmente bajo la aplicación del decreto 601. “Lo que se aplica es la justicia ordinaria, que ya tiene previsto en el Código de Procedimiento Penal, una serie de beneficios y rebajas de penas, que se pueden aplicar perfectamente en este caso”, sostuvo Ceballos. Y además el funcionario explicó: “con la posibilidad de que la Fiscalía General, dependiendo de cada caso, pueda aplicar principio de oportunidad o preacuerdos y rebajas de penas que pueden llegar hasta un 50% por colaboración efectiva con las autoridades”.

Sobre el paradero de Jesús Santrich e Iván Márquez se han tejido varias versiones, pero quizá la hipótesis más fuerte y la que ha afirmado el Gobierno es que estarían en Venezuela recibiendo apoyo de la señalada dictadura de Nicolás Maduro.