La medida fue adoptada por la Resolución No. 23385 de 2020, del Ministerio de Transporte, en la que “se establecen las condiciones mínimas para el uso del casco protector para conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros, cuatrimotos y se dictan otras disposiciones”, con el fin de garantizar y proteger la vida de los usuarios de estos vehículos. Mediante esta se busca mejorar la seguridad vial y proteger la vida de los usuarios de estos vehículos en sus desplazamientos por las carreteras del país. Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), el propósito de esta resolución es “disminuir y evitar lesiones o traumas craneoencefálicos a los usuarios de motocicleta involucrados en un siniestro vial”. Según el Observatorio Nacional de Seguridad Vial, en 2020, el 33,2% de los casos de muerte de los usuarios de motos fueron causados por trauma craneoencefálico.

Los motociclistas que no acaten la resolución serán sancionados con una multa de 15 salarios mínimos diarios, lo que equivale a unos $455.000 este año. Asimismo, en el caso de no portar el casco, se procederá a la inmovilización del vehículo. Si no las conoce, aquí le contamos las 3 buenas prácticas mínimas que dispone la resolución: La primera condición indica que la cabeza del usuario del vehículo debe estar totalmente inmersa en el caso, esto quiere decir que ocupe por completo la cavidad interna para mayor protección a las partes de la cabeza que el caso debe proteger según su diseño. De igual forma, se recomienda verificar que el casco esté bien abrochado a través del uso del sistema de retención, que las correas no estén rotas, ni los broches partidos o incompletos.

En segundo lugar, la medida establece que no se podrán portar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco. Únicamente son permitidos aquellos accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres. Finalmente, la tercera condición señala que, para el caso de los cascos con cubierta facial inferior movible, también conocidos como Abatibles o Modulares, estas deben ir totalmente cerrada y asegurada. Recuerde que no es obligatorio cambiar los cascos que se usan actualmente, “lo que si recomendamos es reemplazarlo cuando haya sufrido golpes considerables, se encuentre en mal estado o el sistema de retención presente daños o averías que no permitan asegurarlo de manera adecuada”, explicó Luis Lota, director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Lota también resaltó que esta nueva medida se alinea a las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y contribuirá a cuidar las vidas de los motociclistas en las vías. “El uso correcto del casco es una de las medidas más efectivas para prevenir fatalidades y mitigar la gravedad de lesiones en conductores y acompañantes de motocicleta, pero solo es efectivo cuando se usa de forma correcta. Acatando estas 3 condiciones mínimas contempladas en la resolución, nos protegemos más en las vías”, indicó Lota.

Según datos del informe preliminar del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, entre enero y diciembre de 2020 en Colombia 5.458 ciudadanos murieron en accidentes de tránsito. Los usuarios de motocicleta son quienes mayor participación tuvieron, con un total de 2.908 registros, que representan el 53,28% del total. Los siguen los peatones, con el 20,67% de los casos, y usuarios de vehículo, con el 11,43%. La Agencia Nacional de Seguridad Vial ya ha adelantado diferentes jornadas pedagógicas para socializar la medida en todos los departamentos del país.