Tras el incumplimiento de la orden expedida por la Superintendencia de Transporte mediante la resolución No. 40313 del 19 de agosto de 2016, la entidad sancionó a Uber S.A.S. con el fin de “cesar la facilitación y promoción de prestación de servicios de transporte no autorizados, a través de voceros o terceros, o de medios publicitarios o de difusión de cualquier índole (individual o masiva)”. La sanción a la compañía corresponde a una multa de $414.058.000, un equivalente a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siendo esta la multa máxima establecida para esta clase de conductas.

Ante la solicitud de explicaciones, la compañía no demostró que dejó de ejecutar actividades en las cuales facilita la prestación de servicios no autorizados, incluyendo publicidad, asesoría, afiliaciones de vehículos no homologados para transporte público, entre otros. Frente a esto, la empresa envió un comunicado en el que dice que “atendió oportunamente la solicitud de explicaciones emitida por la Superintendencia de Transportes el día 6 de diciembre. De igual forma, en octubre Uber informó sobre el retiro de una inversión de US$40 millones en Colombia para la construcción de su tercer Centro de Excelencia de Latinoamérica, que iba a ser inaugurado en 2020 y generaría 600 empleos directos en Bogotá. 

Así mismo, la compañía aseguró que tomó la decisión “a causa de los seis años en los que llevamos buscando una conversación regulatoria que nos lleve a una estabilidad jurídica en el país, pero que no ha avanzado".