La Corte Constitucional revocó el fallo del Consejo Superior de la Judicatura, que ordenaba la libertad del ex representante a la Cámara Iván Díaz Mateus por el delito de concusión. El anuncio lo hizo el presidente de la Corte Constitucional, Nilson Pinilla. El Alto Tribunal revisó el fallo de una tutela que interpuso Díaz Mateus. Este fallo había contrariado la decisión de la Corte Suprema de Justicia de condenarlo a seis años de cárcel y ordenaba el traslado del caso a la justicia ordinaria. La Corte Constitucional dirimió el llamado choque de trenes entre los dos tribunales, a favor de la Corte Suprema de Justicia y defendió su competencia para sellar los casos de la justicia penal. Según Pinilla, el Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) tiene facultades disciplinarias, pero no penales. Argumentó que por la vía de la tutela no se pueden controvertir las decisiones de un tribunal de cierre en lo penal como lo es la Corte suprema de Justicia. También advirtió que en las decisiones judiciales no pueden intervenir simpatías políticas. "No sé si tomarán en cuenta que definitivamente no pueden seguir inmiscuyendo sus pretensiones políticas en decisiones que son judiciales. Eso me lo oyeron decir hace un año, que la sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura es un órgano que está descompuesto", dijo el magistrado Pinilla. El ex congresista había sido condenado por la Corte Suprema de Justicia por el delito de concusión pues según el Alto Tribunal, éste influyó en la decisión de Yidis Medina de votar a favor del primer proyecto reeleccionista en el Congreso. Este delito consiste en inducir a una persona a cometer una infracción. Sin embargo, el CSJ ordenó su libertad por considerar que la Corte Suprema no era quien debía juzgarlo, sino la justicia ordinaria, y ordenó el traslado de su caso a la Fiscalía. La razón, según el CSJ, es que Díaz Mateus estaba en vacaciones en ese momento y no lo cobijaba el fuero de congresista para ser juzgado por la Corte. No obstante, la Corte Suprema de Justicia ordenó la recaptura de Mateus y decidió no acatar el fallo del CSJ. Es más el vocero del Alto Tribunal, Augusto Ibañez dijo que ese tribunal tenía “delirio de poder”. La disputa jurídica se produjo por un vacío existente que permite que un Tribunal revise las decisiones de los Altos Tribunales cuando un ciudadano cree que se le han vulnerado sus derechos e instaura una tutela. Esto ya ha ocurrido en otras ocasiones, por ejemplo, cuando el CSJ ordenó a la Corte que retirara el nombre del Ministro Diego Palacio de la sentencia contra Yidis Medina. En este caso, la Corte Constitucional revisó el fallo de la Corte y lo dejó en firme. Es decir, no retiró el nombre de Palacio de la sentencia. Es decir, esta es la segunda vez que una decisión del CSJ es revocada por la Corte Constitucional, que es el órgano de cierre en materia de derechos fundamentales.