Según lo acordó el presidente Juan Manuel Santos con los jefes de los partidos de la Unidad Nacional, esta semana será sancionada la reglamentación de la reforma política. Una ley que incorpora nuevas normas en materia electoral y que tendrán vigencia inmediata. La nueva ley, que define todo un nuevo régimen de responsabilidades a los directivos de los partidos en el otorgamiento de los avales, también tiene otras disposiciones que podrían definir el partidor electoral en todo el país, de cara a las elecciones del próximo mes de octubre. Una de ellas es la posible inhabilidad para aquellos directores o codirectores de partidos políticos que quieran inscribir su candidatura por firmas o con el aval de otros movimientos. Esa es la aparente inhabilidad que tendría Antanas Mockus si quiere aspirar a la Alcaldía de Bogotá. Por haber sido codirector del Partido Verde, Mockus tendría que haber renunciado un año antes de las elecciones para poder aspirar a nombre de otro movimiento. Mockus, de aspirar a la alcaldía, tendría que inscribir su candidatura antes de ser sancionada la ley, pues en ese momento entraría en vigencia esa posible inhabilidad. Sin embargo, con esta sanción, prácticamente Mockus quedaría fuera del debate electoral. Pero Mockus no sería el único que estaría en problemas. Los candidatos que se inscriban con firmas tendrán nuevos requisitos, los cuales deberán cumplir antes de inscribir su candidatura. Según la norma, estos candidatos tendrán que ser inscritos por un comité integrado por tres ciudadanos, el cual deberá registrarse ante la correspondiente autoridad electoral al menos un (1) mes antes de la fecha de cierre de la respectiva inscripción y, en todo caso, antes del inicio de la recolección de firmas de apoyo a la candidatura o lista. Los nombres de los integrantes del Comité, así como el del candidato que postulen, deberán figurar en el formulario de recolección de las firmas de apoyo, tal como lo señala el artículo 28 de la reforma. Esto quiere decir que candidatos como Gustavo Petro y Gina Parody, en el caso de la Alcaldía de Bogotá, deben inscribir ante la Registraduría un comité promotor antes de iniciar el proceso de recolección de firmas. Tanto Parody como Petro llevan meses recogiendo firmas pero sin contemplar esta nueva disposición. Con la sanción de la reforma, tendrían que empezar de nuevo este proceso. Entre otras disposiciones, la reforma política también permite la inscripción de candidatos a alcaldías y gobernaciones por coalición de partidos. Esto significa que en el tarjetón de octubre habrá candidatos que aparecerán con el aval de varios partidos. Por ejemplo, de sellarse el acuerdo programático entre Enrique Peñalosa y La U para la Alcaldía de Bogotá, este aparecerá en el tarjetón con el logo del Partido Verde y el de La U, o todos los movimientos que sellen su apoyo. Esto también tendría efectos para cualquier alcalde que resulte destituido, pues para su reemplazo, deberá ser de una terna no solo del partido de origen sino de cualquiera que lo haya apoyado. La nueva ley también impone a los partidos políticos una cuota de género para la conformación de sus listas de candidatos. Se aplicará para las listas donde se elijan cinco o más curules para corporaciones de elección popular (asambleas y concejos) que deberán estar conformadas como mínimo por un 30 por ciento de uno de los géneros. En consecuencia los partidos políticos están obligados a incluir esta cuota. Las inscripciones de candidatos se modifican con esta ley, y se adelantarán para el 30 de julio y no para el 10 de agosto como estaba previsto para las elecciones de octubre. La norma también establece que los candidatos deberán recibir, mínimo, 80 por ciento de reposición de gastos por votos obtenidos en todos los casos, sin excepción.