NUTRICIÓN INFANTIL

Usted tiene derecho a lactar a sus hijos

La ley colombiana protege a las mujeres para que puedan ser las mamás que quieren.

16 de junio de 2015

Lactar a un bebé muchas veces no es solo un tema de voluntad, sino de tiempo. La mayoría de mujeres que retoman sus trabajos se enfrentan al dilema de continuar su vida profesional o alimentar naturalmente a su hijo o hija. Esto no tiene que ser necesariamente un problema. El sistema legal colombiano ha creado un sistema para proteger a las mamás lactantes y darles las mayores garantías para no tener que interrumpir este proceso.

Según Unicef “la leche materna es el mejor alimento y la mejor bebida que deben tomar los niños y las niñas como único alimento, desde su nacimiento hasta los seis meses de vida y deben continuar recibiéndola hasta los dos años”. Pero ¿qué mamá que trabaje ocho horas diarias y tenga que atravesar el tráfico de la ciudad todas las mañanas y tarde puede darse ese lujo?

Pocas mujeres saben que lactar es un derecho, casi tan importante como la licencia de maternidad. El Código Sustantivo del Trabajo les reconoce a las mujeres que son madres dos descansos, de treinta minutos cada uno, dentro de la jornada para amamantar a su hijo. Este permiso se debe dar sin descuento alguno del salario durante los primeros seis meses de edad.

Muchas empresas y organismos públicos han optado por permitirles a las madres salir una hora más temprano con el objetivo de cumplir esa norma. Esta flexibilidad es importante, pero podría ser mejor. Por ejemplo, en Bogotá, un acuerdo del Concejo obliga a las instituciones a tener “salas amigas de la lactancia”. El objetivo de este espacio es ofrecer las condiciones adecuadas para la extracción, conservación y transporte de la leche materna de modo que esta pueda ser llevada de manera segura e higiénica del trabajo a la casa, cuando es imposible que la mamá y el bebé estén juntos.

Hoy Bogotá cuenta con cuatro salas para las madres lactantes, sin embargo, muy pocas empresas e instituciones han seguido ese ejemplo, pues la norma es más una invitación que una obligación. Por eso, las políticas de lactancia en el trabajo todavía no son una realidad en Colombia, como sí lo son en muchos países desarrollados.

Además de la posibilidad de lactar en el trabajo y el descanso de una hora diaria, las madres tienen un beneficio adicional. La jurisprudencia lo ha denominado la “protección reforzada” la cual implica que las mujeres que están en el periodo de lactancia, es decir de los tres a seis meses de vida del bebé, no pueden ser despedidas. Se trata de una figura similar a la que tienen las mujeres durante los nueve meses del embarazo y se busca garantizar el mínimo vital de la familia del niño.

La Corte Constitucional les ha garantizado a las mujeres lactantes esta protección reforzada. Ha sostenido en diferentes sentencias que ellas pueden interponer una tutela cuando son despedidas en ese periodo de tiempo ya ha recordado la importancia de la lactancia para que los niños gocen del pleno de sus derechos.