CARTELES

El cartel del ganado: Superindustria sancionó a la Asociación de Subastas Ganaderas

En su función de Superintendencia de Industria ad hoc, la Supersociedades impuso una multa que supera los $3.000 millones a 17 empresas que conforman la asociación de subastas por fijar precios artificiales en las subastas de ganado.

14 de febrero de 2017

La Superintendencia de Industria ad hoc, multó por $2.692 millones a la Asociación de Subastas Ganaderas y a 17 de las empresas que la conforman por crear un cartel de subastas de ganado.

El superintendente de Sociedades, Francisco Reyes, explicó que la medida se tomó luego de que en diciembre del año anterior el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia recomendara sancionar a la Asociación de Subastas Ganaderas de Colombia y a 16 de sus afiliados por violar la libre competencia.

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Reyes también advirtió que entre las pruebas de la investigación, se encuentran actas de juntas directivas de los 17 afiliados a la asociación, en los cuales fijaron precios del ganado que subastaron para obtener comisiones en dichas operaciones.

Además, el reglamento de Asosubastas estableció que se debía cobrar al comprador del ganado la tarifa que habían pactado previamente y prohibió que se modificara unilateralmente la comisión acordada por la operación o la tarifa establecida por la asociación.

La Superindustria ad hoc también impuso multas a 17 representantes legales de las firmas afiliadas por un total de $339 millones, pues facilitaron, colaboraron, firmaron, autorizaron, toleraron o ejecutaron el esquema de cartelización de precios en el que participaron sus empresas.

Entre las firmas sancionadas están la Compañía Comercializadora Ganadera, la Comercializadora de Ganados de Sucre, Inversiones Ganaderas Isaye y la Comercializadora y Promotora Ganadera Asocebú.

El superintendente Reyes también advirtió que los sancionados tendrán cinco días desde la ejeutoría de la sanción para pagar el monto que les corresponda ante la pagaduría de la Superintendencia de Industria y Comercio, pues de no hacerlo podrían someterse a una tasa de interés por mora de hasta 12% anual.

Las 17 empresas sancionadas y Asosubastas podrán interponer un recurso de reposición contra la decisión de la Superindustria ad hoc, pues se trata de una decisión de primera instancia.

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