El umbral para que las personas naturales declaren renta baja hasta las 400 UVT anuales.

Reforma tributaria

Colombianos con salario de más de $1,2 millones mensuales tendrían que declarar renta

La reforma tributaria busca que más personas naturales sean responsables tanto de la declaración como del pago del impuesto de renta. Esta propuesta ya había sido adelantada, pero este jueves ha sido confirmada en el articulado del proyecto.

15 de abril de 2021

Uno de los puntos claves de la reforma tributaria que radicará el Ministerio de Hacienda está relacionado con el impuesto de renta, pues se busca que más personas naturales sean responsables del tributo.

De acuerdo con el artículo 102 del proyecto de ley, el umbral para que las personas naturales declaren renta baja desde las 1.400 unidades de valor tributario (UVT) anuales hasta las 400 UVT.

“Los contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto a las ventas -IVA, que en el respectivo año o período gravable hayan obtenido ingresos brutos inferiores a 400 UVT y que el patrimonio bruto en el último día del año o período gravable no exceda de 2.500 UVT”, dice el artículo.

Esto quiere decir que quienes tienen ingresos brutos anuales por $14,5 millones (poco más de $1,2 millones al mes) tendrán que empezar a declarar renta a partir del año fiscal 2022.

De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, es importante que más personas declaren renta porque así se tiene información precisa sobre las condiciones económicas de un gran sector de la población, lo cual ayuda a que se puedan focalizar de mejor manera los subsidios y las ayudas de política pública.

Ahora bien, el proyecto también establece los umbrales para que las personas naturales sean responsables del pago del impuesto de renta.

Tabla del impuesto de renta
Tabla del impuesto de renta | Foto: Proyecto de ley

Según cálculos hechos por contadores teniendo como base las cifras del Ministerio de Hacienda, con la propuesta de la reforma, quienes tengan ingresos brutos de hasta a $4,4 millones mensuales tendrían una tarifa del 0 % en el impuesto de renta a partir del año fiscal 2022.

Ahora, los que ganen entre $4,4 millones y $5,2 millones, deberían pagar hasta $544.620 por año del impuesto de renta, lo que sería alrededor de $45.385 mensuales.

La tarifa seguiría aumentando y quienes ganen entre $5,2 millones y $8,2 millones al mes pagarían, por mucho, $4,5 millones al año del impuesto de renta, que serían cerca de $378.208 mensuales.

El Ministerio de Hacienda proyecta que los ingresos adicionales provenientes de las personas naturales con la reforma tributaria lleguen a $17,6 billones.

A partir de 2023 los umbrales para que más personas naturales en Colombia declaren renta bajarían.

Renta en 2023
Renta en 2023 | Foto: Ministerio de Hacienda

En una presentación pasada hecha por el Ministerio de Hacienda, se proyectaba que quienes ganaran más de $31 millones al año tendrían que pagar $62.000 del impuesto de renta anual. Estas son las cifras presentadas por el Minhacienda días atrás:

  • $ 31 millones: pagaría $ 62.000 al año, es decir, $ 5.167 al mes.
  • $ 50 millones: pagaría $ 1,4 millones al año, es decir, $ 116.667 al mes.
  • $ 75 millones: pagaría $ 5 millones al año, es decir, $ 418.750 al mes.
  • $ 100 millones: pagaría $ 8,9 millones al año, es decir, $ 741.667 al mes.
  • $ 120 millones: pagaría $ 12,5 millones al año, es decir, $ 1 millón al mes.
  • $ 150 millones: pagaría $ 19 millones al año, es decir, $ 1,5 millones al mes.
  • $ 200 millones: pagaría $ 30,2 millones al año, es decir, $ 2,5 millones al mes.
  • $ 500 millones: pagaría $ 104 millones al año, es decir, $ 8,6 millones al mes.
  • $ 1.000 millones: pagaría $ 284 millones al año, es decir, $ 23,6 millones al mes.
  • $ 2.000 millones: pagaría $ 694 millones al año, es decir, $ 57,8 millones al mes.
Proyección renta
Proyección renta | Foto: Ministerio de Hacienda

El Ministerio de Hacienda también busca que las deducciones y rentas exentas no superen el 25 % del resultado sobre el cual se debe hacer el pago del impuesto de renta.

“En todo caso, la suma total de rentas exentas y deducciones no podrá superar el 25 % del resultado de restar del pago o abono en cuenta los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional imputables. Esta limitación no aplicará en el caso del pago de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales, las indemnizaciones sustitutivas de las pensiones y las devoluciones de ahorro pensional”, dice el articulado.

Por otra parte, el proyecto de ley también busca aumentar el impuesto a los dividendos de las personas naturales al 15 %, cuando estos sean superiores a 800 uvt al año (más de $29 millones).

Impuesto dividendos
Impuesto dividendos | Foto: Ministerio de Hacienda

Renta para las empresas

En cuanto a las modificaciones del impuesto de renta para las personas jurídicas (empresas), se aplicarán solo dos tarifas marginales: una del 24 % para las que tengan una renta líquida gravable anual que no supere los $499,9 millones y otra del 30 % para las que tengan una renta líquida superior a los $499,9 millones.

Renta empresas
Renta empresas | Foto: Ministerio de Hacienda

Además, el Gobierno incluyó una sobretasa de tres puntos porcentuales adicionales al impuesto de renta y complementarios durante los periodos gravables 2022 y 2023.

“Para los años gravables 2022 y 2023, se adicionarán tres puntos porcentuales sobre la tarifa del 24 %, para un total de 27 %. Para los años gravables 2022 y 2023, se adicionarán tres puntos porcentuales sobre la tarifa del 30 %, para un total de 33 %”, dice el articulado.

El Ministerio de Hacienda también indicó que a partir del 1 de enero de 2023, las personas jurídicas obligadas al pago del impuesto sobre la renta por el ejercicio de cualquier tipo de actividad, que realicen donaciones de dinero para la construcción, dotación o mantenimiento de bibliotecas de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y de la Biblioteca Nacional también tendrán derecho a descontar, del impuesto sobre la renta y complementarios, 25 % del valor donado en el año o período gravable.