Billetes de cincuenta y veinte mil pesos
| Foto: Nathalia Garzón

REFORMA TRIBUTARIA

Los puntos clave que ve Credicorp Capital para la reforma tributaria

La sociedad comisionista de bolsa se refirió al proyecto de ley que radicó el Gobierno en el Congreso.

16 de abril de 2021

Este jueves, el Gobierno nacional radicó en el Congreso de la República el proyecto de ley de reforma tributaria que discutirán próximamente los representantes a la Cámara y senadores del país.

Al respecto, Lucas Solano, gerente de Planeación Patrimonial de Credicorp Capital destacó que pese a que todavía no se puede definir con certeza el impacto real que tendrá el proyecto, puesto que debe ser analizado y aprobado, sí se puede hacer una evaluación sobre los puntos más importantes que se discutirán.

Así las cosas, el proyecto contempla la implementación del Impuesto a la riqueza, el cual estará por dos años –es decir, 2022 y 2023– y aplicará únicamente sobre personas naturales, pues excluirá a personas jurídicas como sucedió con el impuesto al patrimonio.

El proyecto propone que el impuesto lo pagará quien tenga un patrimonio líquido de 134.000 UVT, que para el 2022 equivaldrá a un valor cercano a los $5.000 millones, aunque podría restarse un valor de vivienda de habitación de 27.000 UVT, cercano a los $1.000 millones.

Además, se propone descontar el 50 % de los activos normalizados y repatriados, en caso de lograr un nuevo proceso de normalización.

“Este impuesto será deducible del impuesto sobre la renta y tendrá 2 tarifas: 1 % y 2 %. Asimismo, se propone que la primera escala (1 %) permite descontar los primeros 134.000 UVT y la segunda (2 %) los primeros 402.000 UVT”, explica la entidad.

Del mismo modo, se pide el aval para crear un nuevo impuesto de normalización, lo que implica que sería el 6 año en el que se tendrá este tipo de gravamen. Su tarifa sería del 17 % y es posible reducirla a la mitad si se traen los recursos a Colombia y permanecen por 2 años.

Por otro lado, están los cambios que sufriría el impuesto de renta para las personas naturales, que incluiría los ingresos por salarios y honorarios, así como las tarifas.

“En la depuración el cambio más relevante dentro del articulado es la reducción en el porcentaje de rentas exentas y deducciones, que actualmente está en 40 % con un tope de 5040 UVT y que bajaría hasta un 25 % manteniendo el tope de 5040 UVT”, afirma Credicorp.

Las tarifas propuestas van desde el 0 % hasta el 41 % e incluye variaciones en las escalas. El pago iniciaría en los 800 UVT de base gravable (hoy $29.046.400) con una tarifa del 10 %, lo que implica un aumento de 290 UVT frente a la actualidad. Además, ahora se llegará más rápido a la escala máxima gravable, que quedaría en 10.500 UVT (cerca de $400 millones) con una tarifa del 41 %.

Sobre este último punto vale señalar que dicha base gravable actualmente tiene una tarifa del 35 % y que hoy el porcentaje máximo a cobrar es del 39 %, que aplicada a rentas líquidas cercanas a los $1.125 millones.

También se debatirá sobre un impuesto con vigencia entre julio y diciembre de 2021, con el que se podrá descontar de la renta del periodo gravable del 2021 que se presente en 2022.

Este impuesto tendrá una tarifa del 10 % y gravará a las personas con salarios por encima de 10 millones de pesos mensuales tanto del sector público como privado, por lo que toma en consideración honorarios, rendimientos, dividendos, pensiones, etc”, afirma.

Aunque advierte que de ser aprobado, es posible que la Corte Constitucional lo declare inconstitucional al ser un impuesto de periodo que se introduce en una misma vigencia fiscal y no la siguiente.

Adicionalmente, el articulado estipula que, según la base gravable se aplique una tarifa del 24 % o un 30 % a las personas jurídicas, y el cobro de una segunda tarifa que aplicaría si tiene una base gravable superior a $500 millones.

“Asimismo, se incluye una sobretasa de 3% para los años 2022 y 2023, por lo que las tarifas finales serían 27% y 33% según la base gravable”.

De otra parte, el impuesto a los dividendos aumentaría 5 puntos porcentuales, pasando del 10 % al 15 %, mientras que las ganancias ocasionales mantendrán la tarifa del 10%. No obstante, la determinación del valor de los bienes gravados con ganancia ocasional no sería con base en el costo fiscal sino con base en el valor comercial del artículo 90 del Estatuto Tributario.

Por su parte, todos los aportes que se realicen a fondos de pensiones voluntarias y cuentas AFC hasta el 31 de diciembre de 2021 mantendrán su tratamiento de renta exenta. Los aportes realizados a partir del 1 de enero del 2022 ya no tendrían este tratamiento.

Y las pensiones obligatorias reducirían su exención anual de 12.000 UVT a 1.600 UVT. Esto quiere decir que las personas con una mesada pensional de más de $60 millones anuales ($5 millones mensuales) serán gravadas.

Finalmente, la sociedad comisionista de bolsa destaca que el proyecto no gravaría los bienes que conforman la canasta familiar y servicios como los médicos, odontológicos, cirugías y planes de salud prepagada entre otros permanecerán excluidos.