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Impuesto predial 2021 | ¿Cómo usar las cesantías para pagarlo?
Impuesto predial: tenga en cuenta este paso a paso para pagarlo | Foto: LEÓN DARÍO PELÁEZ SÁNCHEZ

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Impuesto predial: tenga en cuenta estos pasos para pagarlo

El pago por cuotas vence este 31 de mayo y aplica para predios residenciales y no residenciales.

28 de mayo de 2021

Los propietarios interesados en estas alternativas deberán presentar su declaración inicial a más tardar este lunes 31 de mayo, para diferir su impuesto en cuatro cuotas iguales sin intereses.

Quedan pocos días para poder acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) del impuesto Predial, un beneficio que solo podrán obtener los propietarios de predios que presenten su declaración este mes, a más tardar el 31 de mayo, en la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Este año, el beneficio sigue cobijando a los predios residenciales y no residenciales, sean personas naturales o jurídicas, pero además incluye una opción exclusiva para los propietarios de predios no residenciales afectados por las medidas decretadas para afrontar la pandemia de la covid-19, quienes deberán acogerse también en esta fecha, pero empezarán a pagar el año entrante.

“Invitamos a los contribuyentes para que no dejen pasar esta oportunidad que les brinda la Administración de mejorar su flujo de caja, consciente de la mayor necesidad que tienen en estos momentos los dueños de predios no residenciales cuya operación ha estado restringida por causa de la pandemia, como por ejemplo, aquellos donde funcionan hoteles, restaurantes, bares, oficinas y locales comerciales, entre muchos otros”, explicó el Secretario de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

De acuerdo con esa entidad, a la fecha 34.036 propietarios de predios se han acogido a la medida, 47% menos que en 2020.

El organismo indicó que para tener este beneficio los contribuyentes deberán presentar su declaración antes de la fecha establecida. El proceso puede realizarse a través de la oficina virtual de la entidad. Quienes accedan a este, tendrán que pagar la primera cuota antes del 30 de junio de este año y la última antes del 31 de enero de 2022.

Por su parte, el director de Impuestos de la Secretaría de Hacienda, Orlando Valbuena, señaló: “Esperamos que cada vez más contribuyentes se puedan acoger, porque entendemos la problemática de la pandemia”.

De otro lado, este año la Secretaría extendió los plazos de pago por cuotas para los propietarios de predios no residenciales que se hayan visto afectados por las medidas decretadas para afrontar la pandemia.

A la fecha 34.036 propietarios de predios se han acogido a la medida de pagar por cuotas el impuesto predial, 47% menos que en 2020.

En este caso, la primera cuota del predial tendría que pagarse el 18 de febrero de 2022 y la última el 26 de agosto del mismo año.

Cabe mencionar que, en caso de pagar el predial en una sola cuota, los contribuyentes tendrán la posibilidad de acceder a un descuento de 10% por pronto pago. Por ello, algunos expertos recomiendan evaluar cuál es la mejor opción, dependiendo de la situación económica.

Para poder acceder al descuento de 10% por pronto pago en el impuesto predial, los contribuyentes deberán pagar la suma total de este gravamen máximo hasta el 23 de junio de este año. Los plazos dependerán de la última letra del Chip.

“Los vencimientos comienzan este 15 de junio y terminan el 23 del mismo mes, dependiendo, de la última letra del Chip, que es el identificador de los predios en Bogotá, el cual está en el Catastro, en el sistema de identificación socioeconómico y en el impuesto predial”, dijo Orlando Valbuena, director de Impuestos de la Secretaría Distrital de Hacienda

Impuesto de vehículos

Fecha máxima de pago del Impuesto de Vehículos sin sanción: los contribuyentes deberán presentar ante las entidades financieras autorizadas por la Secretaría Distrital de Hacienda y/o por los medios virtuales adoptados, la declaración y pagar simultáneamente la totalidad del impuesto a más tardar el 27 de agosto de 2021, para cada vehículo matriculado en Bogotá.

El impuesto sobre vehículos no permite hacer pagos parciales o acuerdos de pago, lo que significa: “Si usted declara, debe pagar inmediatamente (pago total). De lo contrario, su declaración se dará por no presentada”. Recuerde que los derechos de semaforización deberán realizarse simultáneamente con la presentación de la declaración o la correspondiente factura.

Quienes declaren y paguen la totalidad del impuesto por el año gravable 2021 a más tardar el día que se indica a continuación, según el último digito de la placa del automotor, tendrán derecho a un descuento del 10% calculado sobre el valor a pagar.

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