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Decreto

Estas son las fechas para el pago de impuestos nacionales 2018

El Ministerio de Hacienda, a través del decreto 1951 de 2017, dio a conocer el cronograma tributario, para que usted o su empresa vaya haciendo la planeación del año que se avecina.

29 de noviembre de 2017

Conocer las fechas en que hay que estar al día con sus impuestos nacionales es clave para que empiece a estar al día con los documentos que debe presentar y para que después, por olvido o descuido, no tenga que pagar por sanciones de presentación extemporánea o intereses de mora sancionatorios.

La norma recién expedida por Minhacienda se encuentra para consulta en la página web de la Presidencia de la República. En el documento quedó establecido el periodo para que los grandes contribuyentes presenten la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios y cancelen el valor de la primera cuota, como se señala a continuación:

Siga leyendo: ¿A quiénes les tocaría pagar retención en la fuente en 2018?

  • Pago primera cuota


Los contribuyentes que deben presentar el impuesto a la riqueza podrán hacerlo en dos cuotas iguales a pagar, el cual vence en las fechas que se indican a continuación, atendiendo el último dígito del NIT del declarante que conste en el certificado del Registro Único Tributario RUT, sin tener en cuenta el dígito de verificación:

  • Declaración y pago de la primera cuota

  • Pago de la segunda cuota

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Para los responsables del impuesto sobre las ventas, donde caben los grandes contribuyentes y aquellas personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre de 2017, sean iguales o superiores a 92.000 UVT (equivalentes a $2.931.028.000), así como los responsables de que tratan los artículos 477 y 481 del Estatuto Tributario, deberán presentar declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera bimestral utilizando el formulario prescrito por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Los períodos bimestrales son: enero-febrero; marzo-abril; mayo-junio; julio-agosto; septiembre-octubre y noviembre-diciembre. Estos son los vencimientos del bimestre enero febrero de 2018:


Para los declarantes y pago cuatrimestral del impuestos sobre las ventas, que al 31 de diciembre de 2017 tengan ingresos brutos por 92.000 UVT ($2.931.028.000) deberán presentar la declaración del impuesto sobre las ventas y pagar de manera cuatrimestral. Los periodos serán enero-abril; mayo-agosto y septiembre-diciembre.

Para el primer cuatrimestre los vencimientos quedaron como sigue:


La entidad también fijó el plazo de otras obligaciones tributarias, como el impuesto de renta de personas naturales, monotributo, impuesto nacional al carbono, al consumo, el recaudo de retención en la fuente complementario al impuesto de renta, el plazo para declarar los activos en el exterior, gasolina y ACPM, el Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) y el de presentar las correcciones a declaraciones.

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