RENTA FIJA

Línea del FNG de $700.000 millones para garantizar emisiones de bonos

El Fondo Nacional de Garantías expidió una Circular Externa para definir las características de la nueva línea de garantías para respaldar la emisión de bonos ordinarios en el mercado secundario.

27 de agosto de 2020

El Fondo Nacional de Garantías (FNG) expidió una circular normativa externa en la que define las características de la nueva línea de garantías que otorgará. 

Esta línea se enmarcará dentro del programa “Unidos por Colombia” para respaldar la emisión de bonos ordinarios en el mercado secundario. Esta iniciativa ha sido apoyada por la Bolsa de Valores de Colombia

Con esta nueva línea se busca facilitar el acceso a financiamiento en el mercado de valores colombiano por parte de las empresas para atender necesidades de liquidez y así mantener la continuidad de su operación. 

El monto de la línea es de $700.000 millones y otorgará una cobertura sobre el 70% del valor de la emisión, y el monto máximo de emisión por entidad es de $160.000 millones en una o varias emisiones.

Quienes pueden acceder a estas garantías son las empresas domiciliadas en Colombia. Se excluyen, entre otras, a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia

El monto total de la línea estará dividido en un 32% para emisores que tengan como objeto principal la originación de operaciones activas de crédito y destinen los recursos derivados de la emisión para realizar nuevas operaciones de esa naturaleza.

El 68% restante es para los demás emisores que vayan a destinar los recursos recibidos por la Emisión para un propósito distinto al antes señalado.

El FNG otorgará la garantía a los bonos ordinarios emitidos en el mercado secundario con las siguientes características: 

  • Pago de capital al vencimiento. 
  • Plazo de 3 años o 5 años. 
  • Pago semestral o anual del cupón o intereses remuneratorios. 
  • Tasa de remuneración fija.
  • Moneda o unidad del bono: pesos colombianos. 
  • Bonos emitidos en el segundo mercado.
  • Inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores.
  • Los bonos deben estar desmaterializados, custodiados y bajo administración de deceval. Ley de circulación a la orden, sin restricciones y libremente negociables. 

Para acceder a la garantía, el emisor debió registrar una disminución en un 20% o más en sus ingresos por actividades ordinarias en al menos uno de los meses del periodo de emergencia sanitaria (marzo – noviembre de 2020). 

Para validar esta disminución se deben comparar: los ingresos del mes seleccionado del periodo de emergencia con los ingresos del mismo mes del año anterior, o  los ingresos del mes seleccionado del periodo de emergencia con el promedio aritmético de ingresos de los meses de enero y febrero del año 2020. 

Del valor de la comisión, el 30% será asumido por el emisor y 70% por el Gobierno nacional. 

El plazo máximo para la emisión de la garantía: 31 de julio de 2021, y para postularse para la garantía será hasta el 30 de abril de 2021 o hasta que se agote el cupo establecido para el programa, según lo que ocurra primero.

Consulte acá el documento completo.

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