JUSTICIA

La Corte Constitucional tumbó el impuesto solidario

El alto tribunal declaró inconstitucional el decreto que gravó a funcionarios y contratistas con sueldo superior a los 10 millones con el fin de atender la emergencia por el coronavirus. El dinero que ya se descontó se abonará al pago de impuestos de renta del 2021.

5 de agosto de 2020

Más de 6.000 reclamos ciudadanos estudió la Corte Constitucional para pronunciarse sobre el controvertido decreto 568 del 2020. Esta norma gravó a los funcionarios, pensionados y contratistas con ingresos supreriores a los 10 millones de pesos con un impuesto destinado a atender la emergencia por el coronavirus. En cuestión de semanas, se convirtió en la norma más cuestionada ante el alto tribunal.

Después de un largo estudio, Corte Constitucional declaró inconstitucional la norma. La dividida decisión ordenó que los descuentos ya realizados sobre los salarios sean abonados a las declaraciones de renta del año 2020, pagaderas en el año 2021. 

En contexto: 


El proyecto de fallo le correspondió al magistrado Carlos Bernal, quien pedía declarar exequible este decreto pero resultó derrotado. Por ello, la decisión quedó en cabeza de las magistradas Gloria Ortiz y Cristina Pardo, quienes tuvieron el respaldo de los magistrados Alejandro Linares, Alberto Rojas y José Fernando Reyes.

Desde un comienzo fue motivo de debate el hecho de que se hubiera dejado por fuera del impuesto a los empleados privados. El Gobierno explicó que tomó esta decisión con un criterio de proporcionalidad, teniendo en cuenta la mayor estabilidad en el empleo público frente a los golpes de la pandemia en el privado. Pero estos argumentos no fueron suficientes. 


En las cuentas de Hacienda, el grueso de los aportes los pusieron quienes estaban en la parte baja de esa pirámide, es decir, salarios entre 10 y 12,5 millones: 26.814 contribuyentes que pagaron 115.200 millones. También calculaba que 3.579 servidores públicos con salarios superiores a 20 millones, entre ellos congresistas y magistrados, pondrían 51.000 millones de pesos.

Como se sabe, antes de votar esta decisión los nueve magistrados de la Corte Constitucional se declararon impedidos puesto que como funcionarios judiciales también estaban gravados por el mismo impuesto. Conjueces negaron los impedimentos y los habilitaron para continuar dando esta discusión. 

En este contexto, tres magistrados (Antonio José Lizarazo, Diana Fajardo y Gloria Ortiz) anunciaron que los descuentos que se hicieron sobre sus salarios los traducirán en aportes voluntarios con el fin de que se descarte cualquier posibilidad de que con esta decisión puedan llegar a tener algún beneficio.

Durante los últimos meses, algunas acciones de tutela frenaron el cobro para casos particulares en protección al mínimo vital. No obstante, la decisión de la corte eliminó por completo uno de los decretos que causó más reclamos ante este alto tribunal.