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| Foto: Andrés Gómez

TRIBUNALES

Tribunal de Aforados fue declarado inconstitucional

La Corte Constitucional tumbó el cuerpo con el que el Gobierno pretendía reemplazar gran parte de las funciones de la Comisión de Acusaciones de la Cámara.

14 de julio de 2016

Los magistrados de las altas cortes y el fiscal general seguirán siendo juzgados por la Comisión de Investigación de la Cámara de Representantes, gracias a un fallo de la Corte Constitucional que impedirá la creación del Tribunal de Aforados previsto en la reforma de ‘equilibrio de poderes’.

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Con ponencia del magistrado Alejandro Linares, el alto tribunal declaró inconstitucional la norma que pretendía dar vida a ese nuevo organismo judicial, que se encargaría de investigar y juzgar a los más altos funcionarios del Estado.

Cuando el Congreso materializó las intenciones del Gobierno de crear un organismo que asumiera las funciones de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, el exfiscal Eduardo Montealegre puso el grito en el cielo.

Nunca estuvo de acuerdo en que a la reforma que eliminaba la reelección presidencial se le incluyera un aparte que eliminara el antejuicio político al que actualmente tienen derecho el presidente, el fiscal y los magistrados de alta corte.

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Para él, era inadmisible que ese Tribunal de Aforados eliminara ese derecho que tienen los más altos mandos del Estado para gozar de un fuero especial antes de ser judicializados. En su criterio, ese Tribunal de Aforados que reemplazaba a la Comisión debía ser declarado inconstitucional.

Y así trató de explicárselos a los magistrados de la Corte Constitucional, en una demanda que interpuso ante esa corporación en abril de este año.

Unánimemente, la Sala Plena de esa corporación le halló la razón y declaró inconstitucional el funcionamiento del Tribunal que empezaría a investigar y juzgar a los aforados constitucionales, lo que significa que deberán seguir siendo procesados por la Comisión de Investigaciones, como ocurre desde la expedición de la Constitución del 91.

Y lo hizo porque consideró que ese estamento sustituía la Carta Política y porque el trámite para aprobar la creación del tribunal en el Congreso adoleció de un vicio de procedimiento, debido a que la eliminación del ante juicio político no se incluyó en ninguno de los debates de la primera vuelta y solo ocurrió en la segunda.

Cabe aclarar que aunque todos los magistrados opinaban que este nuevo órgano judicial se debía caer, no todos compartían las razones. El ponente Alejandro Linares, por ejemplo, se opuso al juicio de sustitución de la Carta que defendieron cuatro magistrados. Los tres restantes integrantes de la Sala se unieron a ambas tesis, que al final fueron incorporadas al fallo.

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Fácilmente, esta decisión puede ser interpretada como la estocada final al componente judicial de la reforma al ‘equilibrio de poderes’, que ya estaba herida de muerte cuando fue declarado inconstitucional el Consejo de Gobierno Judicial, que sería el organismo que asumiría las tareas asignadas a la Sala Administrativa del Consejo Superior, a la Comisión Interinstitucional de la Rama y a la Dirección Ejecutiva.

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